Reglamento (UE) núm. 535/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo a un mecanismo para el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y para la notificación, a nivel nacional o de la Unión, de otra información relevante para el cambio climático, y por el que se deroga la Decisión núm. 280/2004/CE (DOUE L 165, de 18 de junio de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del consejo de redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Emisiones; Contaminación atmosférica; Cambio Climático
Resumen:
Mediante este nuevo Reglamento se viene a establecer un mecanismo con siete finalidades, a saber:
– garantizar la oportunidad, integridad, exactitud, coherencia, comparabilidad y transparencia de la información presentada por la Unión y sus Estados miembros a la Secretaría de la CMNUCC;
Ley 4/2013, de 23 de mayo, por la que se modifica la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón. (BOA núm. 110, de 6 de junio)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas clave: Urbanismo; Ordenación del territorio
Resumen:
La presente modificación de la Ley de Urbanismo de Aragón, tiene como causantes a la actual situación de exceso de suelo clasificado, la falta de dinamismo de la demanda de vivienda, la pérdida del papel del urbanismo como mecanismo de financiación municipal, las demandas de los diferentes agentes que intervienen en el sector inmobiliario, la necesidad de reconducir el papel del Gobierno de Aragón en el ejercicio de sus competencias en materia urbanística la necesidad de adaptar la Ley de Urbanismo de Aragón a la regulación derivada del cambiante panorama normativo estatal y la necesidad de incorporar el espíritu de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, recogiendo la normativa vigente en materia de licencias urbanísticas e incorporando la figura de la declaración
Decreto 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión y se modifica el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza (DOE núm. 104, de 31 de mayo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas clave: Caza; Terrenos cinegéticos
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto la aprobación del Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión, de manera que establece las disposiciones para el desarrollo, aplicación y ejecución en lo que respecta a la administración y los terrenos a efectos cinegéticos constituyendo, junto con el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza, aprobado mediante el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, el desarrollo completo de la Ley de Caza de Extremadura, aprobada por Ley 14/2010, de 9 de diciembre.
Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental. (BOE núm. 137, de 8 de junio de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Dominio Público hidráulico; Demarcación hidrográfica; Cantábrico; Planificación hidrológica; Organización de la Administración General del Estado
Resumen:
Este Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.5 del Texto Refundido de la Ley de Aguas El real decreto consta de dos artículos, seis disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. También incorpora como Anexo la Normativa del Plan.
La estructura del Plan Hidrológico que se describe en el artículo 1 es la siguiente:
Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. (BOE núm. 137, de 8 de junio)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Planificación hidrológica; Confederaciones Hidrográficas; Demarcación hidrográfica; Cantábrico; Organización de la Administración General del Estado
Resumen:
Este Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y ha sido la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, al ser el organismo de cuenca de esta Demarcación Hidrográfica, la que ha elaborado este Plan Hidrológico. La norma consta de dos artículos, cinco disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales, y la Normativa del Plan. La estructura del Plan Hidrológico que se describe en el artículo 1 es la siguiente:
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