Decreto Foral 56/2019, de 8 de mayo, por el que se regula la autorización de parques eólicos en Navarra
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BON núm. 94, de 16 de mayo de 2019
Temas Clave: Energía eólica; Autorización; Ordenación del territorio; Procedimiento; Tramitación
Resumen:
Es objeto de este decreto foral:
a) Impulsar la actividad de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Navarra.
b) Regular los procedimientos de autorización de los parques eólicos y sus instalaciones de evacuación asociadas, ubicados en Navarra.
c) Coordinar los procedimientos de evaluación ambiental establecidos en la legislación vigente en dicha materia y de autorización de actividades autorizables en suelo no urbanizable regulados en la legislación vigente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, con los procedimientos de autorización administrativa de las instalaciones señaladas en la letra b).
A través de este decreto se establece un procedimiento más acorde con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y la nueva regulación ambiental y urbanística, con la finalidad de asegurar la funcionalidad del proceso, la simplificación de trámites
Decreto 16/2019, de 10 de mayo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR nº 60, de 17 de mayo de 2019
Temas Clave: Política Agrícola Común (PAC); Agricultura; Explotaciones agrarias; Catálogo de explotaciones agrarias; Arrendamientos rústicos; Modernización explotaciones agrarias
Resumen:
El Registro de explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene un papel relevante en el funcionamiento de esta administración para facilitar sus relaciones con los agricultores, debido a esto es por lo que procede continuar mejorando el mismo estableciendo nuevos objetivos.
Este registro reviste una gran complejidad normativa, pues aunque La Rioja tiene la competencia exclusiva en esta materia, también debe estar integrada en el condicionamiento de la Política Agrícola Comunitaria y la normativa estatal. A esta complejidad normativa hay que añadir que se trata de un registro de registros, por lo que debe actuar de manera coordinada (principio de coordinación registral) de cara a determinar la inscripción prevalente para casos donde existan discrepancias, tan habituales por cierto en este campo. Con este fin se han determinado dos
Decreto 15/2019, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 9/2014, de 21 de febrero, por el que se declaran las zonas especiales de conservación de la Red Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de La Rioja y se aprueban sus planes de gestión y ordenación de los recursos naturales, aprobando e incorporando el plan de gestión del sitio Ramsar “Humedales de la Sierra de Urbión”
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR nº 60, 17 de mayo de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Red Natura 2000; Lugar de Interés Comunitario (LIC); Plan de Gestión y Ordenación de Recursos Naturales (PORN); Plan de Gestión; Convenio Ramsar; Zona Especial Conservación (ZEC)
Entrada en vigor: El 18 de mayo de 2019
Resumen:
La superposición de figuras de conservación y las herramientas de gestión de las mismas, genera en ocasiones complejas relaciones jurídicas que es necesario exponer de la manera más sencilla posible. Al mismo tiempo se pretende que la gestión sobre los mismos espacios también sea lo más uniforme posible, siempre en consonancia con los valores que se pretende conservar.
En este caso en cuestión de los “Humedales
Ley 15/2019, de 2 de mayo, de modificación de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN núm. 74, de 17 de mayo de 2019
Temas Clave: Pesca marítima; Pesca-turismo; Turismo acuícola; Turismo marinero; Infracciones, Sanciones
Resumen:
A lo largo de los últimos años, desde el sector pesquero se ha demandado la regulación de actividades complementarias, vinculadas total o parcialmente con la pesca marítima y la acuicultura, que permitan complementar las rentas de las personas que integran dicho sector con el fin de lograr su diversificación económica.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias, no contempla las referidas actividades complementarias. Por ello, al objeto de proceder a regular las condiciones del desarrollo de tales actividades, se modifica la vigente Ley de Pesca de Canarias.
A través de la modificación del artículo 1 de la Ley de Pesca de Canarias se amplía su objeto a la regulación, como actividades complementarias del sector pesquero, de las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y
Ley 1/2019, de 22 abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG Núm. 83 Jueves, 2 de mayo de 2019
Temas Clave: Estructura territorial; Edificios; Áreas de rehabilitación integral; Edificación; Rehabilitación edificatoria; Regeneración y renovación urbana
Resumen:
El deterioro y envejecimiento de la edificación tanto en ambientes urbanos, rurales llevado a cabo por motivos de diversa índole, tanto normativos, administrativos, económicos, sociales y demográficos, trae consigo la necesidad de su rehabilitación, regeneración y renovación urbana. Tomado como guía el preámbulo de esta ley, estas dinámicas implicaron el progresivo declive y abandono sobre todo en los pueblos pequeños y núcleos rurales, además de suponer la pérdida de un rico patrimonio cultural, se hizo extensivo a todo el núcleo poblacional en el que se insertan. Esa es la finalidad por la cual sala adelante esta Ley. Se trata de tomar medidas para atajar esta situación teniendo como premisa que la mejor forma de conservar es habitar, ocupar los espacios y generar actividad. Por otro lado hay que tener en cuenta que estas edificaciones tienen un papel clave en las políticas
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