Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 23, de 25 de septiembre de 2019
Temas Clave: edificios; Legalidad urbanística; Ordenación del territorio; Planificación; Recursos naturales
Resumen:
No es ninguna novedad sino una problemática que se viene arrastrando desde hace años el tratamiento de las edificaciones irregulares sobre las que ya no cabe adoptar legalmente medidas de restablecimiento del orden jurídico perturbado al haber transcurrido los plazos legalmente establecidos, por lo que el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística resulta ineficaz. A pesar de los desarrollos y modificaciones introducidos en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, no se han conseguido solucionar los problemas asociados a las edificaciones irregulares, debido en gran parte a esta complejidad normativa y a la ausencia de mecanismos de gestión eficaces.
Comencemos por el siguiente dato estadístico: de un total de unas 500.000 edificaciones existentes en suelo no urbanizable en Andalucía, alrededor de 300.000
Decreto 97/2019, de 18 de julio, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre (código de procedimiento MT701A y MT701B)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG núm. 15, de 9 de agosto de 2019
Temas Clave: Servidumbre de protección; Competencias; Disciplina urbanística; Ordenación territorio; Dominio público marítimo –terrestre; Litoral
Resumen:
En el marco del complejo reparto competencial que se establece sobre el litoral, de conformidad con la interpretación hecha por el Tribunal Constitucional en las sentencias 149/1991, de 4 de julio, y 198/1991, de 17 de octubre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 148.1.3 de la Constitución española, y 27.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, corresponde en exclusiva a la Comunidad Autónoma de Galicia la competencia en materia de ordenación del territorio y del litoral, según lo dispuesto en los artículos 148.1.9 y 149.1.23 de la Constitución española.
El Decreto 199/2004, de 29 de julio, reguló por primera vez las competencias autonómicas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, de conformidad con los criterios
Régimen de Gestión Ambiental de PCB
Autor: Juan Claudio Morel. Master en Derecho Ambiental por la Universidad Internacional de Andalucía – Dr. en Derecho por la Universidad de Alicante y Profesor Titular de Derecho Ambiental de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN sede Tandil) Argentina
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 19/11/2002, número: 30029, p. 2
Temas Clave: Gestión de los PCBs
Resumen: Ley 25670, establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los PCBs, en todo el territorio de la Nación Argentina
Comentario:
En este artículo estudiamos la gestión ambiental y jurídica de una materia con la que convivimos permanentemente y que nos pasa inadvertida. Se trata de esos cajones, generalmente de un material símil plástico ubicados a gran altura y afirmados hacia un poste de transporte de energía eléctrica. Tales cajas o contenedores llevan en su interior tubos que contienen un material refrigerante de la energía eléctrica para hacerla domiciliaria, ese material es un líquido denominado coloquialmente con la expresión “pecebe” y cumple un muy buen desempeño en la refrigeración eléctrica, sino fuera por su amenaza cancerígena en muchos casos lo que lo asimila en un residuos peligroso
“Resolução do Conselho de Ministros” n.º 107/2019, de 1 de julio de 2019, por la que se aprueba la “Hoja de Ruta para la Neutralidad Carbónica
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, N.º 123 — 1 de julio de 2019
Temas Clave: Cambio climático; Acuerdo de París de 2015 sobre cambio climático; Gases con efecto invernadero (GEI)
Resumen:
Mediante esta norma se persigue implementar a nivel nacional el compromiso asumido con base en el Acuerdo de París para alcanzar la neutralidad carbónica. Es decir la situación en la cual los gases con efecto invernadero (GEI) emitidos sea igual a la capacidad del país para neutralizar los mismos, por medio de actividades, como la plantación de bosques, que absorban esos mismos GEI emitidos a nivel nacional.
Para conseguir este resultado en 2050 la normativa analizada establece una serie de medidas entre las cuales, cabe destacar las siguientes: eliminar la producción de energía eléctrica a partir de carbón en 2030; reducción de GEI de entre 85% e 90% en relación a 2005 y hasta 2050; aumento de la electrificación
Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG Núm. 149 Miércoles, 7 de agosto de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Patrimonio Natural; Medio Ambiente; Red Natura 2000; Fauna silvestre; Flora silvestre
Resumen:
Siguiendo el preámbulo de la ley que se procede a comentar, esta consta de ciento treinta y seis artículos, divididos en cuatro títulos, cinco disposiciones adicionales, ocho disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales. Las rúbricas de los títulos hacen referencia a «Disposiciones generales» (título I, artículos 1 a 20), «Espacios naturales protegidos» (título II, artículos 21 a 87), «Conservación de las especies y de los hábitats» (título III, artículos 88 a 115) e Inspección y régimen sancionador» (título IV, artículos 116 a 136).
En el título I (artículos 1 a 20) está compuesto por siete capítulos y establece en primer lugar el objeto, ámbito de aplicación y principios generales de la ley, entre los cuales se consolida la prevalencia de la protección ambiental sobre la ordenación territorial y urbanística, la precaución respecto a las posibles intervenciones que puedan afectar negativamente al
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