Decreto 119/2022, de 21 de septiembre, por el que se aprueban las instrucciones de ordenación y aprovechamiento de montes, y se regulan el procedimiento de aprobación de los instrumentos de planificación y gestión forestal de Extremadura, y el Registro de Montes Ordenados de Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Extremadura número 194, de fecha 4 de octubre de 2022.
Palabras clave: Gestión forestal. Patrimonio forestal. Montes. Medio Ambiente. Aprovechamientos.
Resumen:
España alberga la mayor riqueza natural de Europa, y sin lugar a dudas, gran parte de ella se encuentra en los bosques. La gestión de estos tiene su origen en la necesidad de administrar la amplia superficie que quedaron excluidos de la desamortización en el siglo XIX. En sus comienzos, la gestión de los mismos era puramente por su interés de producción de madera, puramente económico. No existía en concepto de vegetación, si no el de “especies de interés maderable”. La importancia de ir cambiando paulatinamente este paradigma es fundamental para conseguir una mejor protección del
Decreto 161/2022, de 2 de junio, por el que se aprueba el Plan de conservación del monumento natural Fraga de Catasós, en el ayuntamiento de Lalín, Pontevedra
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 188 de fecha 3 de octubre de 2022.
Palabras clave: Gestión. Biodiversidad. Espacios naturales protegidos. Recursos naturales.
Resumen:
Entre la variada tipología de figuras de espacios naturales protegidos, se encuentra la de monumento natural, presente en la práctica totalidad de comunidades autónomas del Estado español. La Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia, que mantiene, entre los principios enumerados en su artículo 2, la conservación y restauración de la biodiversidad y de la geodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
Esta norma establece en su artículo 22, a los monumentos naturales como una categoría de espacio natural protegido, pero en su disposición transitoria séptima, punto 2, recoge que los procedimientos administrativos en tramitación a
Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 179, de 14 de septiembre de 2022
Palabras clave: Biodiversidad. Especies amenazadas. Fauna. Protección de especies
Resumen:
A través de esta norma se crea y regula el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, en el que además queda integrado el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, estableciendo un régimen de protección y evaluación periódica del estado de conservación de las especies en él incluidas.
A este respecto, la administración autonómica hace uso de las posibilidades reconocidas en la estatal Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, relativas a que las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales, establezcan listados de especies silvestres en régimen de protección especial, determinando las prohibiciones y actuaciones suplementarias que se consideren necesarias para su preservación -artículo 56.4 de la
Decreto 38/2022, de 5 de septiembre, por el que se establece la Reserva Marina de las islas del Toro y de las Malgrats y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifican el Decreto 26/2019 de la Reserva Marina de la Illa de l’Aire y el Decreto 41/2015, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 117, de 6 de septiembre de 2022
Palabras clave: Extracción de flora y fauna marina. Actividades subacuáticas. Litoral. Reservas marinas.
Resumen:
Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 6/2013, de 7 de
Decreto 154/2022, de 1 de septiembre, por el que se crea el Consejo de la Calidad del Aire de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia, n. 179 de 20 de septiembre de 2022.
Palabras clave: Aire. Contaminación. Atmósfera. Participación.
Resumen:
Tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) como en el Pacto Verde Europeo queda patente la importancia de vivir en lugares con buena calidad del aire por los efectos perjudiciales para la salud que conlleva la contaminación. Para el Pacto Verde Europeo es necesario reducir al máximo la contaminación por lo que la Unión Europea puso en marcha el plan de acción para su reducción.
En España, el marco legal lo establece el Real decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, modificado por el Real decreto 678/2014, de 1 de agosto.
Estas normas establecen la información que se debe suministrar al público cuando se rebase un umbral de alerta o de información de los recogidos en su anexo I, así como la obligación de adoptar medidas inmediatas por
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