Decreto 89/2012, de 28 de junio, por el que se establecen normas adicionales aplicables a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión con objeto de proteger la avifauna y atenuar los impacto ambientales (BORM núm. 151 de 2 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Energía; Energía eléctrica; Protección de especies
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto el desarrollo de la legislación básica del Estado y el establecimiento de normas adicionales de carácter técnico para la protección del medio ambiente, aplicables a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión que discurran por el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el fin de reducir los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna, así como de atenuar el impacto paisajístico y otros impactos ambientales.
Sin perjuicio de lo que disponga el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, quedarán sometidas a las normas establecidas
Orden de 18 de junio de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regula el aprovechamiento de la biomasa forestal con destino energético en Aragón. (BOA núm. 143, de 24 de julio de 2012)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Temas Clave: Biomasa forestal; Aprovechamientos con destino energético; Cultivos energéticos; Calificación de orientación energética
Resumen:
Con el objetivo de alcanzar la gestión forestal sostenible de los montes, es necesario garantizar la compatibilidad de los aprovechamientos forestales.
Ley 6/2012, de 21 de junio, por la que se modifica la Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón (BOA núm. 127 de 2 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Aguas residuales; Canon de saneamiento
Resumen:
La presente Ley tiene por objeto la modificación de la Ley 6/2001, de 17 de mayo de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón, en lo que se refiere a las exenciones en el canon de saneamiento y su aplicación, todo ello establecido en el artículo 51.2 y en la Disposición Transitoria Primera respectivamente.
La Ley 6/2001, de 17 de mayo, prevé la exención del canon de saneamiento para los usos de agua que viertan las aguas residuales a una red de alcantarillado de titularidad pública y se realicen en entidades singulares de población que hayan de servir sus aguas residuales a una depuradora, asimismo de titularidad pública.
Ley de Cantabria 3/2012, de 21 de junio, por la que se modifica la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria (BOCA núm. 126 de 21 de junio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Urbanismo; Desarrollo sostenible; Suelo rústico
Resumen:
La presente reforma responde a la necesidad de atender a una demanda social consistente en conceder al suelo rústico una serie de usos que, respetando la necesaria protección de esta clase de suelo, permitan su puesta en valor y hagan posible darle un destino que coadyuve tanto a un desarrollo sostenible, como a la dinamización de los núcleos rurales.
Y es que, tal y como expone la norma en su exposición de motivos, la auténtica defensa del medio rural consiste en ofrecer a éste una alternativa real de futuro, que necesariamente pasa por otorgar al suelo rústico un catálogo de usos que haga atractiva su protección, su cuidado y su desarrollo.
Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. (DOG núm. 140, de 23 de julio de 2012)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Temas Clave: Montes; Comunidad Autónoma de Galicia
Resumen:
A la vista de la realidad fundamental que en la Comunidad Autónoma de Galicia representan los espacios forestales, donde los montes han vuelto a tener un uso forestal prioritario, hasta alcanzar dos terceras partes de la superficie de la Comunidad, en los que se garantiza el aprovechamiento continuado de los recursos forestales; resulta lógico que se haya aprobado una Ley de Montes amplia y al mismo tiempo muy completa, que prácticamente engloba todos los aspectos relacionados con estos espacios y aclara conceptos básicos que sin duda facilitarán su aplicación en la práctica.
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