Decreto 50/2014, de 10 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos y micológicos en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia y el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Empresas del Sector Forestal. (DOG núm. 86, de 7 de mayo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Montes; Aprovechamientos forestales; Autorización, comunicación y notificación; Registros
Resumen:
Este decreto tiene por objeto regular y desarrollar el régimen legal de los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos y micológicos en montes o terrenos forestales de naturaleza privada gestionados por personas físicas o jurídicas de derecho privado situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Se estructura en ocho capítulos con un total de 57 artículos, tres disposiciones adicionales, tres transitorias, una derogatoria y tres finales, y concluye con 14 anexos, cuya finalidad es facilitar y agilizar la tramitación de los diferentes procedimientos administrativos incluidos en esta norma.
Ley del Principado de Asturias 1/2014, de 14 de abril del Impuesto sobre las Afecciones Ambientales del Uso del Agua. (BOPA núm. 92, de 22 de abril de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Fiscalidad ambiental; Uso racional y eficiente
Resumen:
Los cambios habidos en el Principado de Asturias relacionados con los usos del agua y las afecciones generadas sobre el medio ambiente han aconsejado revisar la tributación del agua en este territorio. Por ello, al amparo de lo dispuesto en la disposición final quinta de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013, se ha aprobado la presente Ley, que define el nuevo tributo como un impuesto de marcado carácter extrafiscal que tiene como finalidad incentivar el uso racional y eficiente del agua y obtener recursos con los que preservar, proteger, mejorar y restaurar el medio hídrico.
El uso racional y eficiente se potencia en la ley a través de distintos mecanismos: fijando una cuota variable más elevada a partir
Decreto 54/2014, de 15 de abril, por el que se regula la extracción de coral rojo (Corallium rubrum) en las aguas interiores del litoral catalán. (DOGC núm. 6606, de 17 de abril de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Pesca; Coral rojo
Resumen:
En el marco de la Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas y, más en concreto, en su artículo 32 que se refiere, entre otros aspectos, a las zonas de coralígenos y establece su definición, haciendo especial referencia a su condición de hábitat protegido a los efectos de la pesca, en concordancia con la normativa pesquera de la Unión Europea y de la normativa medioambiental; se aprueba este Decreto que tiene por objeto regular la extracción de coral rojo en las aguas interiores del litoral catalán.
Hasta ahora, venía regulándose por el Decreto 291/1983, de 7 de julio, sobre extracción de coral, teniendo en cuenta que el Decreto 389/2004, de 21 de septiembre, por el que se regulaba la pesca de coral rojo
Decreto 44/2014, de 1 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el procedimiento de autorización de apertura e inspección de los Parques Zoológicos, así como la creación de su registro. (BOA núm. 73, de 11 de abril de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Parques zoológicos; Biodiversidad; Protección de especies; Autorización; Competencias
Resumen:
El artículo 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad propugna el establecimiento de medidas de conservación ex situ, considerando, entre otras, que los parques zoológicos podrán participar en los programas de cría en cautividad y protección de especies amenazadas.
En el marco de la Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos, de carácter básico, se hace preciso en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, establecer los órganos competentes a los efectos de ejecutar las obligaciones previstas en la legislación básica. Dichos órganos ambientales serán los competentes para otorgar la autorización de parque zoológico, practicar
Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (BOCAIB núm. 43, de 29 de marzo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Urbanismo; Ordenación del territorio; Propiedad del suelo; Sostenibilidad ambiental, social y económica; Suelo urbano, urbanizable y rústico; Asentamiento en el medio rural
Resumen:
El objeto principal de esta ley es fijar una regulación integral de la actividad administrativa en materia de urbanismo en las Illes Balears, desde su perspectiva de función pública, y configurada en el marco del bloque normativo ambiental, sin olvidar el principio de desarrollo sostenible. A la vez, se fija el sistema para integrar e incardinar esta materia en la ordenación del territorio, que debe proporcionar una visión más global, sin que implique la imposición de un modelo concreto. Y define el régimen jurídico urbanístico de la propiedad del suelo de acuerdo con su función social.
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