Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears (BOCAIB núm. 138, de 9 de octubre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Minas; Canteras; Actividad de control y supervisión; Tareas de restauración; Medio ambiente; Paisaje; Coordinación administrativa; Consejo de la Minería; Registro Minero de las Illes Balears; Derechos mineros; Garantías financieras; Disciplina minera
Resumen:
Esta ley pretende llevar a cabo una regulación integral, moderna y eficaz del sector minero balear, representado mayoritariamente por la explotación de canteras, al tiempo de conseguir un equilibrio entre el desarrollo económico del sector industrial y la protección del medio ambiente.
Se estructura en seis Títulos.
El título I, Disposiciones generales, establece el objeto, su ámbito de aplicación, los principios orientadores de la ley, e incluye un artículo con definiciones cuya finalidad es facilitar la comprensión de situaciones específicas a la hora de aplicar la normativa. También se define la extracción ocasional y de escasa importancia, que queda fuera del ámbito de aplicación.
Más en concreto, el objeto de esta ley es “regular el desarrollo de las actividades mineras en el territorio
Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas. (BOJA núm. 198, de 9 de octubre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Autorización; Simplificación administrativa; Licencia; Actividad económica inocua; Declaración responsable, comunicación o libre acceso
Resumen:
La presente ley tiene por objeto establecer un conjunto de medidas destinadas a: 1. Mejorar la regulación de las actividades económicas. 2. Simplificar los procedimientos de autorización que afectan a las mismas actividades económicas, dando cumplimiento al principio de reserva de ley, indicando aquellas actividades para las que resulta necesaria la exigencia de una autorización, al estar justificada por al menos una razón imperiosa de interés general, de las establecidas en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. 3. Reforzar las competencias y funcionamiento de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía como organismo supervisor en materia de competencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Asimismo, con
Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo. (BOCyL núm. 181, de 19 de septiembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Urbanismo; Sostenibilidad; Simplificación administrativa; Ordenación del territorio; Ruido; Transporte; Protección ambiental; Eficiencia energética; Régimen del suelo; Vivienda
Resumen:
En la Exposición de Motivos de esta norma se refleja que para conseguir la sostenibilidad de una ciudad se requiere cohesión social e integración entre sus partes; la mejora de la calidad de vida y la protección del medio ambiente, desde las áreas centrales a las periferias marginales. No obstante, la aceleración del crecimiento urbano ha venido acompañada de problemas sociales y ambientales que hacen necesario plantearse como objetivos prioritarios de la estrategia urbanística para las ciudades de Castilla y León en el siglo XXI, la rehabilitación, la regeneración y renovación urbanas, así como su adecuada gestión.
Dentro de este marco y en el camino abierto por la Administración del Estado mediante la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas;
Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León. (BOCyL núm. 181, de 19 de septiembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Actividad industrial; Libertad de empresa; Competencia; Seguridad industrial; Autorización, declaración responsable y comunicación; Responsabilidad social empresarial
Resumen:
Esta norma consta de cincuenta artículos, cuatro disposiciones finales y una derogatoria. Trata de conjugar la debida atención de los intereses generales implicados en la actividad industrial, con el máximo respeto a la libertad de empresa y a las reglas de la competencia; por lo que se parte del convencimiento de que la intervención pública en la actividad económica no debe entorpecer la competencia. En esta línea, se continúa y profundiza en un proceso de liberalización de la actividad industrial, de eliminación o minimización de barreras regulatorias.
En el Título I se establecen las disposiciones generales relativas a su objeto, ámbito de aplicación, principios y fines. Destacamos que la norma tiene por objeto establecer el marco normativo regulador del ejercicio de la actividad industrial en Castilla y León y el fomento de la misma. A los efectos de la
Ley 5/2014, de 11 de septiembre, de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL núm. 181, de 19 de septiembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Administración autonómica; Simplificación procedimental; Caza; Espacios naturales protegidos; Montes; Pesca
Resumen:
Esta ley tiene por objeto adoptar medidas de simplificación de carácter organizativo y procedimental de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, modificando las normas de rango legal precisas para ello con el fin de atemperarse a los principios de eficacia, eficiencia, simplificación y optimización de los recursos disponibles.
En lo tocante al derecho ambiental, afecta a las competencias relativas a caza y pesca, agricultura y ganadería, montes y espacios naturales protegidos. En tal sentido, se trata de modificaciones puntuales, que relacionamos a continuación:
Modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León: Se modifica el artículo 28.7 relativo al deber de comunicación o solicitud de autorización por parte de los titulares cinegéticos que pretendan realizar el ejercicio de la caza en las vías y caminos de
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