Leyes de medidas fiscales y administrativas de las comunidades autónomas de Aragón, Cantabria, Galicia, Valencia y Madrid
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por estas leyes en otras normas sectoriales o que puedan repercutir en directa o indirectamente en materia jurídico-ambiental.
ARAGÓN
Ley 14/2014, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 256, de 31 de diciembre de 2014)
Fuente: http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=829272041212
A través de esta ley se introducen las siguientes modificaciones:
-Modificación de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón
Se modifica esta norma para señalar que los cotos deportivos de pesca podrán ser declarados de cualquier longitud y que en el caso de los declarados sobre embalses o pantanos, podrán abarcar la totalidad de sus orillas y de sus aguas. Por otro lado, se propone considerar como sanción la pesca ilegal con redes y todo ello con el fin de sancionar con mayor dureza una práctica habitual que está diezmando las poblaciones piscícolas en algunos puntos de la geografía aragonesa. Por último,
Decreto 226/2014, de 9 de diciembre, de certificación de la eficiencia energética de los edificios. (BOPV núm. 241, de 18 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Eficiencia energética; Edificios; Consumidores y usuarios
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto la adaptación de la normativa autonómica vigente en materia de certificación energética de edificios de nueva construcción, contenida en el Decreto 240/2011, de 22 de noviembre, a las exigencias de la nueva Directiva 2010/31/UE desarrollada por el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de los edificios.
A lo largo de los veinte artículos que comprende esta norma se regula esencialmente la recepción, registro, actualización, inspección y control de los certificados de eficiencia energética de los edificios, su reflejo en las etiquetas de eficiencia energética, el uso de éstas y la información que, en esta materia, la persona vendedora debe suministrar a la compradora y la arrendadora a la arrendataria, a los efectos de la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias.
A su
Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE núm. 236, de 9 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Incendios forestales; Prevención; Planes
Resumen:
Este Decreto desarrolla las previsiones de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Extremadura, al tiempo de recoger en un único texto normativo la regulación de los Planes de Defensa de las Zonas de Alto Riesgo o de Protección Preferente con el fin de evitar la dispersión normativa.
A través de esta norma se regula la prevención de incendios forestales, mediante un conjunto de medidas llevadas a efecto a través de la planificación, gestión y participación ciudadana cuyos objetivos son: elevar la protección de personas, del medio ambiente, de los bienes y servicios; suprimir o reducir ostensiblemente la propagación de los incendios y sus efectos, tales como la continuidad, velocidad, intensidad, alcance y escape; mejorar la operatividad en la detección y extinción; regular el uso del fuego y de las actividades
Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. (BOA núm. 241, de 10 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Propiedad; Servidumbres; Vertidos; Usuarios; Organización hidráulica; Participación pública y derecho a la información; Planificación; Dominio público hidráulico; Régimen económico-financiero; Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas
Resumen:
La presente ley pretende impulsar una política de aguas que contribuya a la mejora de la calidad de las aguas y los ecosistemas relacionados con la misma, a garantizar su acceso a la población en condiciones de calidad y a reducir, en la medida de lo posible, las diferencias de desarrollo existentes en Aragón como consecuencia de las distintas posibilidades de acceso al agua y de las diferentes condiciones de los ecosistemas aragoneses. En definitiva, pretende ser un texto normativo de desarrollo en materia de derecho de aguas, en especial en las cuestiones generales relativas a la propiedad, servidumbres o concesiones y régimen de vertidos.
Esta ley tiene por objeto regular las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón sobre las aguas y ríos de Aragón. Y entre
Ley de Cantabria 2/2014, de 26 de noviembre, de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOC núm. 234, de 4 de diciembre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Abastecimiento y saneamiento; Plan General de Abastecimiento y Saneamiento; Garantías de prestación de servicios; Régimen económico-financiero; Canon del agua residual
Resumen:
La presente Ley establece el marco jurídico en el que debe desenvolverse el abastecimiento y saneamiento de aguas en la Comunidad Autónoma de Cantabria con el doble objetivo de facilitar el desarrollo socioeconómico de la región y alcanzar los objetivos medioambientales fijados por la Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre, Directiva Marco de Aguas.
Ofrece un tratamiento más amplio y sistematizado del saneamiento y del abastecimiento, al unificar la regulación de ambos servicios, ordenar las competencias sobre ellos, identificar las infraestructuras básicas y establecer el régimen económico financiero aplicable en ambos casos pero, sobre todo, diseñando el instrumento básico para ordenar las actuaciones a desarrollar en esta materia, el Plan General de Abastecimiento y Saneamiento.
La Ley comprende seis Títulos, cinco Disposiciones Adicionales, cuatro Disposiciones
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