Leyes de medidas fiscales y administrativas de las comunidades autónomas de Aragón, Cantabria, Galicia, Valencia y Madrid
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por estas leyes en otras normas sectoriales o que puedan repercutir en directa o indirectamente en materia jurídico-ambiental.
ARAGÓN
Ley 14/2014, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 256, de 31 de diciembre de 2014)
Fuente: http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=829272041212
A través de esta ley se introducen las siguientes modificaciones:
-Modificación de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón
Se modifica esta norma para señalar que los cotos deportivos de pesca podrán ser declarados de cualquier longitud y que en el caso de los declarados sobre embalses o pantanos, podrán abarcar la totalidad de sus orillas y de sus aguas. Por otro lado, se propone considerar como sanción la pesca ilegal con redes y todo ello con el fin de sancionar con mayor dureza una práctica habitual que está diezmando las poblaciones piscícolas en algunos puntos de la geografía aragonesa. Por último,
Decreto 52/2014, de 16 de abril, por el que se regulan las instrucciones generales de ordenación y de gestión de montes de Galicia. (DOG núm. 86, de 7 de mayo)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Montes; Ordenación y gestión; Instrucciones generales
Resumen:
El actual marco normativo de Galicia, definido esencialmente por la Orden de 29 de diciembre de 1970 por la que se aprueban las Instrucciones generales para la ordenación de los montes arbolados, no es el adecuado a la estructura de la propiedad y a la organización del monte en Galicia. A ello se une la carencia de instrumentos de ordenación y gestión de los montes que, sin duda, garantizarían su gestión sostenible, debido en gran parte a la estructura de la propiedad en Galicia.
Con la finalidad de subsanar esta problemática, el presente decreto tiene por objeto aprobar, según lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, las instrucciones generales de ordenación y de gestión de montes de
Decreto 50/2014, de 10 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos y micológicos en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia y el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Empresas del Sector Forestal. (DOG núm. 86, de 7 de mayo de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Montes; Aprovechamientos forestales; Autorización, comunicación y notificación; Registros
Resumen:
Este decreto tiene por objeto regular y desarrollar el régimen legal de los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos y micológicos en montes o terrenos forestales de naturaleza privada gestionados por personas físicas o jurídicas de derecho privado situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Se estructura en ocho capítulos con un total de 57 artículos, tres disposiciones adicionales, tres transitorias, una derogatoria y tres finales, y concluye con 14 anexos, cuya finalidad es facilitar y agilizar la tramitación de los diferentes procedimientos administrativos incluidos en esta norma.
Orden de 27 de enero de 2014 por la que se aprueban las normas de aplicación del canon eólico. (DOG núm. 20, de 30 de enero de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Canon eólico; Aplicaciones informáticas
Resumen:
Mediante esta orden, se crea y se regula el censo electrónico de parques eólicos de Galicia (CEPEG), instrumento que será empleado por la Administración tributaria gallega a efectos de la aplicación del canon eólico. Se aprueban los modelos en formato electrónico de declaración inicial y modificación de los datos incorporado al CEPEG, se aprueba el modelo de autoliquidación del canon eólico y se dictan las normas de aplicación del canon eólico de acuerdo con los principios y disposiciones generales reglamentarias contenidas en la normativa general tributaria.
Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia. (DOG núm. 4, de 8 de enero de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Caza; Recursos y espacios cinegéticos; Ejercicio de la caza; Responsabilidad por daños; Protección y conservación
Resumen:
La superficie cinegética de Galicia comprende más del 80 % del territorio gallego, lo que nos da la idea del interés que la caza despierta en esta Comunidad. Esta actividad, sin abandonar su condición deportiva y lúdica, va ganando peso en su función social y ambiental. El legislador, consciente de los cambios que han experimentado las circunstancias en las que se practica, ha optado por la aprobación de una nueva ley basada en el ejercicio de una caza más responsable, más sostenible y más ética; con especial empeño en que se realice en condiciones de máxima seguridad para personas y bienes.
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