Decreto 72/2010, de 28 de octubre, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC núm. 214, de 8 de noviembre de 2010).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
El Decreto, que encuentra su fundamento en la competencia recogida en el artículo 25.7 del Estatuto de Autonomía de Cantabria, tiene por objeto regular la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición de la comunidad cántabra, con el fin de fomentar, en este orden, su prevención, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, asegurando en todo momento un alto nivel de respeto al medio ambiente y a la salud de las personas, y contribuyendo a crear un modelo sostenible de la actividad de construcción. Todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y demás normativa estatal y autonómica que resulte de aplicación.
Tres aspectos son destacables del Título I, que lleva por rúbrica
Decreto 68/2010, de 7 de octubre, por el que se regulan los residuos sanitarios y asimilados de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC núm. 203, de 21 de octubre).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto regular la producción y gestión de los residuos generados en el ejercicio de actividades profesionales y empresariales relacionadas con la salud y la estética en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente.
Dado que en el ámbito estatal aún no se ha aprobado una normativa propia que regule la correcta gestión de esta tipología de residuos, y que la reciente Directiva 2008/98/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008 sobre residuos, tampoco indica nada al respecto, la presente norma autonómica constituye una regulación novedosa en esta materia.
La norma será de aplicación a los residuos generados en el desarrollo de actividades sanitarias, de ámbito público y privado, tales como
Decreto 51/2010, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral. (Boletín Oficial de Cantabria, nº 25; jueves 7 de octubre de 2010)
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas Clave: Ordenación del Litoral; Plan de Ordenación; Comunidad Autónoma de Cantabria.
Resumen:
Mediante el Decreto 51/2010, de 26 de agosto, se procede a la aprobación definitiva del Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral. Un Plan elaborado de conformidad con las propuestas contenidas en la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre del Plan de Ordenación del Litoral; así como de conformidad con las determinaciones contenidas en la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.
Un Plan Especial que consta de una memoria, dentro de la cual se plasma la metodología seguida en la redacción del documento; una cartografía, que recoge todos los trazados de sendas; una normativa reguladora de las actuaciones que se pretenden realizar, y unos anexos que contienen los estudios complementarios y unas fichas divulgativas.
Un Plan
Decreto 57/2010, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria ante el riesgo de inundaciones, INUNCANT. (DOC núm. 186, de 27 de septiembre)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
La necesidad de elaborar un Plan Especial para hacer frente al riesgo de inundaciones dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria nace con el objetivo de prevenir y limitar los daños directos (afección a las personas, bienes y medioambientales) e indirectos (repercusiones económicas, interrupciones en vías de comunicación y otras infraestructuras) derivados de aquel riesgo; asegurando una intervención rápida, eficaz y coordinada de los recursos y medios disponibles. Ello teniendo en cuenta que la mayor parte de los ríos de Cantabria recorren el territorio de sur a norte hasta desembocar en el Cantábrico, y es precisamente en las zonas medias y bajas de los valles donde se ubican los principales núcleos de población y actividades económicas diversas, algunas de las cuales pueden considerarse zonas de riesgo de inundación en caso de
Decreto 65/2010, de 30 de septiembre, por el que se aprueban las Normas Urbanísticas Regionales (BOC Extraordinario núm. 26, de 8 de octubre).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 17 de enero de 2008, a tenor de lo dispuesto en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, declaró la nulidad del Decreto 57/2006, de 25 de mayo, mediante el que se aprobaban las Normas Urbanísticas Regionales de dicha Comunidad. Ello ha determinado la redacción y tramitación de las presentes Normas Urbanísticas Regionales.
El presente Decreto, que parte de la premisa de que la ordenación del territorio tiene como base la distribución geográfica de las actividades y de los usos del suelo, armonizada con el desarrollo económico, las potencialidades del territorio, la protección de la naturaleza, y la preservación y puesta en valor del patrimonio cultural, recoge disposiciones referentes a la protección del medio ambiente,
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