Decisión (UE) 2015/451 del Consejo, de 06 de marzo de 2015, relativa a la adhesión de la Unión Europea a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, (CITES). (DOUE L75/1 de 19 de marzo de 2015)
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Temas clave: CITES; especies amenazadas; fauna y flora silvestres; controles de comercio; adhesión
Resumen:
La Unión, aprovechando la condición obtenida tras Lisboa, momento en el que recibió su personalidad jurídica propia, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 192 apartado 1 del Tratado de Funcionamiento, con el que la Unión Europea por sí misma ya es competente para celebrar acuerdos internacionales y dar cumplimiento a las obligaciones que de ellos se deriven, ha decido sumarse a la lista de miembros Parte de esta Convención sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora.
CITES, para todos conocida, es un importante instrumento internacional medioambiental cuyo objetivo está en proteger a las especies amenazadas de fauna y flora mediante controles en el comercio internacional de especímenes; hasta ahora eran ya 178 los países Parte, entre los cuales están los 28 Estados miembro de la Unión Europea.
La incorporación de la Unión Europea es posible gracias a que el 29 de noviembre del año 2013 entró en vigor una enmienda interpuesta en 1983, en el marco de una Conferencia de las Partes especial celebrada en Gaborone, (Botswana), la cual, modificando el artículo XXI de la Convención permitía la adhesión no sólo a Estados sino también a «organizaciones de integración económica regional constituidas por Estados soberanos con competencia para negociar, concluir y hacer aplicar acuerdos internacionales relativos a materias que les hayan sido remitidas por sus Estados miembros y que estén cubiertas por la Convención».
Esta adhesión resultó aprobada el pasado 16 de diciembre, pero la decisión no ha sido publicada hasta este momento, siendo desde ahora cuando desplegará sus efectos definitivos.
¿Qué supone la adhesión de la Unión Europea como Parte en CITES?
El marco de actuación no se verá afectado sino ampliado, pues esto permitirá a la Unión participar como una Parte más en los trabajos de la Convención y la obligará jurídicamente a aplicar y hacer cumplir los objetivos de la misma en asuntos propios de su competencia, pero ello no restará ni funciones ni capacidad alguna a los Estados miembro Parte también de la misma.
Entrada en vigor: 19 de marzo de 2015
Normas afectadas: Convención; Reglamento (CE) no 338/1997 del Consejo; Reglamento (CE) no 865/2006 de la Comisión