Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial del País Vasco número 47 de cinco de marzo de 2021
Temas Clave: Desarrollo sostenible. Medio Ambiente. Estructura orgánica.
Resumen:
El Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, establece en su Disposición Final Primera que los Consejeros y Consejeras procederán, en su caso, a presentar al Lehendakari para su aprobación, con anterioridad al 31 de diciembre de 2020, los proyectos de reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos, que se adecuarán a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa del Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos y a continuación fija los criterios organizativos que deberán seguir dichos reglamentos.
Con posterioridad, el Decreto 48/2020, de 28 de diciembre, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos atribuye el área de actuación de «protección de los animales» al Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
El organigrama que presenta el nuevo Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente responde a la necesidad de adecuar las funciones y áreas de actuación desglosadas en el artículo 1 del presente Decreto a una estructura capaz de llevar a la práctica las mismas. Esta estructura se compone de todos los órganos y unidades del extinto Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, con excepción de los órganos y unidades de la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes, salvo la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos y por los órganos y unidades de la Viceconsejería de Medio Ambiente del extinto Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
Para la determinación de la estructura se han tenido en cuenta criterios de austeridad y reducción organizativa, aplanamiento de estructuras, agrupación de áreas funcionales, construcción de áreas funcionales con amplios contenidos, identificación de áreas staff no estructurales y el aprovechamiento de las tecnologías de la información, es decir, se siguen los criterios establecidos en el mencionado Decreto 18/2020, de 6 de septiembre.
Mediante la estructura prevista, el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente impulsará el desarrollo industrial y energético como motor y elemento central de la economía, con diversos elementos de desarrollo, como son: la internacionalización, la innovación tecnológica e industrial, el emprendimiento y el desarrollo agroalimentario. Todos estos elementos de desarrollo avanzarán en continua y permanente relación con el motor económico industrial y atendiendo a los objetivos de sostenibilidad y protección del medio ambiente.
Para ello, se ha estructurado el Departamento en cuatro Viceconsejerías, cada una con un determinado ámbito de actuación, así como dos direcciones horizontales que prestan su apoyo al resto de direcciones del Departamento. Asimismo, quedan adscritas al Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente un conjunto de entidades del sector público que constituyen una herramienta fundamental para el desarrollo de las políticas que impulsará el Departamento ante la sociedad.
Entrada en vigor: 6 de marzo de 2021