13 junio 2024

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Legislación al día. País Vasco. Alimentación

Decreto 57/2024, de 7 de mayo, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial del País Vasco número 98 de 21 de mayo de 2024.

Palabras clave: Distribución. Producción. Agricultura. Código buenas prácticas. Cadena alimentaria. Sostenibilidad.

Resumen:

Este Decreto se enmarca en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, que establece el marco legal de las operaciones comerciales entre las diferentes entidades operadoras de la cadena de valor, en el marco de una competencia justa. Esta Ley tiene por objeto establecer medidas de mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria. La Ley es de aplicación a las relaciones comerciales que se produzcan entre las entidades operadoras establecidas en el Estado que intervienen en la cadena alimentaria desde la producción a la distribución de productos agrícolas o alimentarios.

Debido a las singulares características del sector, y de lo que representa para Euskadi, se trata de una política estratégica. Aquí, tanto la diversidad y heterogeneidad del sector agrario, su atomización y escasa concentración, y su relación con estructuras comerciales rígidas hacen que no se garanticen en todo momento los equilibrios necesarios entre el conjunto de agentes. Se está reforzando una tendencia, motivada por diversas circunstancias políticas y económicas, de continuo incremento de los costes de producción, especialmente en los insumos agrarios, principalmente la alimentación animal y la energía, lo que sitúa al sector primario en una situación de especial vulnerabilidad, con mayor dependencia de coyunturas y reajustes que otros sectores y las entidades operadoras de la cadena.

Uno de los objetivos más destacados de la citada Ley es que trata de establecer un reequilibrio paulatino de la cadena alimentaria, obligando, como señala su preámbulo, a los poderes públicos a introducir medidas adicionales que mitiguen las dificultades en que se sitúa una buena parte del sector primario, y a asegurar en la medida de lo posible un reparto equitativo de los costes sociales, ambientales, de competitividad y de sostenibilidad, garantizando en todo momento la transparencia de los mismos en particular, y de la cadena alimentaria en general.

En el ámbito autonómico, y en relación con la problemática que la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, trata de dar solución, se encuentran la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de política agraria y alimentaria y la Ley 7/2022, de 30 de junio, de desarrollo rural. Así, los fines y objetivos de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de política agraria y alimentaria, se alinean en el mismo sentido que los de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Por su parte, la Ley 7/2022, de 30 de junio, de desarrollo rural, al fijar los objetivos sectoriales de las políticas institucionales en el medio rural, recoge el de potenciar la competitividad del sector agrario, apoyar el sostenimiento de la renta agraria y, más en concreto, el de propiciar y supervisar que el sector primario perciba unos precios por encima de los costes de producción de sus productos, con el fin de mantener un sector viable y competitivo.

Tomando como base todo lo expuesto y en el marco de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, en concreto en su artículo 28, es aconsejable aprobar un decreto ad hoc en la Comunidad Autónoma del País Vasco, procediéndose a la aprobación del presente Decreto, norma que permite dotar de un marco normativo propio respecto a la Autoridad de Ejecución. La Comunidad Autónoma de Euskadi, ha considerado necesario dotarse y regular, en su ámbito territorial, de una serie de instrumentos adecuados para la consecución de los fines previstos por las leyes precitadas, como son El Código de Buenas Prácticas Mercantiles de la Contratación Alimentaria en Euskadi, y el Observatorio de la Cadena Alimentaria de Euskadi, instrumentos que el Estado en la Ley 12/2013, de 2 de agosto de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria ya había establecido.

Entrada en vigor: El 22 de mayo de 2024.

Enlace web: Decreto 57/2024, de 7 de mayo, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.