12 marzo 2019

CC.AA. Galicia Legislación al día

Legislación al día. Galicia. Reservas de la Biosfera

Decreto 10/2019, de 17 de enero, por el que se crea y se regula el Comité de Coordinación de la Red de Reservas de la Biosfera de Galicia

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOG núm. 35, de 19 de febrero de 2019

Temas Clave: Reservas Biosfera; Comité de Coordinación; biodiversidad; dinamización económico-social

Resumen:

A través de este Real Decreto, se constituye el Comité de Coordinación seis reservas de la biosfera declaradas por la Unesco en tierras gallegas: Terras do Miño, Área de Allariz, Os Ancares Lucenses y Montes de Navia, Cervantes y Becerreá, Río Eo, Oscos y Terras de Burón,  transfronteriza Gêres-Xurés, Mariñas Coruñesas y Terras do Mandeo. Llegando a alcanzar las 777.834,3 hectáreas.

Ciertamente, los parámetros de gestión de estos lugares no solamente son los de tipo conservacionista y ambientalista, sino también los económico-sociales, al poder configurarse como un instrumento idóneo para contribuir a la dinamización del rural gallego y para luchar contra su abandono.

Se estructura en tres capítulos y contiene 12 artículos, una disposición adicional y una disposición final.  El capítulo I, que engloba los artículos 1 y 2, recoge el objeto de esta disposición, que es crear el Comité de Coordinación de la Red de Reservas de la Biosfera de Galicia y sus funciones; el capítulo II, que engloba los artículos 3 al 8, refiere la composición de este órgano colegiado, que contará con una presidencia, una vicepresidencia, la secretaría y las vocalías, y especifica en su articulado las personas que ostenten tal condición y sus funciones, así como la duración de su mandato; finalmente, el capítulo III, que abarca los artículos 9 al 12, recoge las normas de funcionamiento de este comité, especificando la forma de funcionamiento de este órgano colegiado, que puede ser en pleno o en grupos de trabajo

Comentario del autor:

Aunque es cierto la crítica realizada a las Red de Reservas de la Biosfera en general por tratarse de un ejemplo del denominado como “soft law” o derecho suave, donde no tienen carácter ejecutivo ninguna de sus medidas al ser el Comité de Coordinación un órgano meramente consultivo y asesor –recuerda en sus funciones las realizadas por las Juntas Rectoras de los clásicos espacios naturales protegidos- también es cierto que este tipo de figuras puede ser el escenario perfecto para plantear estrategias de mediación en la resolución de conflictos ambientales que con tanta frecuencia suceden en el medio ambiente, y donde estos espacios no son una excepción. También es cierto que estas iniciativas sirven para visibilizar la conservación en estos lugares –normalmente ya declarados como espacios naturales protegidos- y reforzar las medidas para posibilitar su gestión sostenible por parte tanto del órgano autonómico –responsable competencialmente de ello- como por parte del SEPRONA y por supuesto de la ciudadanía en su conjunto. Todo ello en gran parte dependerá de la vocación y ganas de trabajar de las personas que estén al frente de dicho Comité.

Entrada en vigor: 11 de marzo de 2019

Documento adjunto: