1 abril 2009

Galicia Legislación al día

Legislación al día. Galicia

Decreto 65/2009, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Plan rector de uso y gestión del parque natural del Monte Aloia (DOGA nº 62, de 31 de Marzo de 2.009)

Antecedentes.

La Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, establece en su artículo 31 que los planes rectores de uso y gestión (PRUG) se configuran como instrumentos de gestión de los parques naturales de la Red Gallega de Espacios Protegidos, y que de acuerdo al artículo 33 su contenido deberá desarrollar las directrices emanadas del plan de ordenación de los recursos naturales, el cual en el caso del parque natural del Monte Aloia se aprobaba mediante el Decreto 274/2001, de 27 de septiembre (DOG nº 205, del 23 de octubre).

Según el punto 9º del anexo del Decreto 274/2001, el desarrollo del PORN deberá realizarse mediante el correspondiente PRUG, que se elaborará según lo dispuesto en las normativas estatales y autonómicas

Las disposiciones de este PRUG prevalecerán sobre el planeamiento urbanístico y ordenación del territorio. Cuando sus determinaciones sean incompatibles con las de la normativa urbanística en vigor, los órganos competentes la revisarán de oficio.

El Plan rector de uso y gestión del parque natural del Monte Aloia, se recoge en el anexo I del presente Decreto y el mapa de límites y zonificación se contiene en su anexo II.

Naturaleza del plan.

El presente plan es el instrumento de gestión de los recursos naturales del parque natural del Monte Aloia, conforme a lo previsto en la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza.

Finalidad.

El presente Plan rector de uso y gestión tiene como finalidad establecer un modelo de gestión que contribuya a alcanzar los objetivos de conservación y ordenación del parque natural del Monte Aloia, de acuerdo con los criterios establecidos en las normativas que rigen la gestión de los espacios naturales y de la biodiversidad, a nivel comunitario (DC 92/43/CEE y DC 79/409/CEE), nacional (Ley 42/2007) y autonómico (Ley 9/2001), estableciendo las previsiones de actuaciones de la administración en su ámbito de aplicación, y en particular la investigación, el uso público y la conservación, protección y mejora de los valores ambientales.

Ámbito territorial del plan.

El parque natural del Monte Aloia está situado en el Municipio de Tui y enclavado en el partido judicial del mismo nombre. Está localizado en el sur de la provincia de Pontevedra, Comunidad Autónoma de Galicia.

El parque natural del Monte Aloia comprende, de acuerdo con la limitación establecida en el Real decreto 3160/1978, de 4 de diciembre, una superficie de 746,29 ha, de las cuales 337,13 ha pertenecen a la entidad local menor de Pazos de Reis (Tui) y 409,16 ha a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Rebordáns

Contenido del plan.

El Plan rector de uso y gestión del parque natural del Monte Aloia está integrado por 4 apartados:

a) Justificación, categoría de protección y objetivos.

b) Zonificación.

c) Medidas de gestión.

d) Desarrollo del Plan rector de uso e gestión.

Vigencia del PRUG.

Según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad, los PRUG deberán ser periódicamente revisados, fijándose el plazo máximo en el artículo 36 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza de Galicia, en el que se dispone que la vigencia del PRUG deberá de ser, como máximo, de seis años, a partir de los cuales se deberá realizar su revisión de oficio.

Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.