Mediante esta norma se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo.
La norma, que sustituye a la homónima de septiembre de 2008 para adecuar el régimen jurídico que regula la aplicación de la condicionalidad a la normativa comunitaria, entró en vigor el pasado 21 de julio y deroga las siguientes disposiciones:
– Orden de 24 de septiembre de 2008, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural por la que, en aplicación de la condicionalidad, se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.