Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 296, de 11 de diciembre de 2015
Temas Clave: Comercio de madera; Licencias FLEGT; Biodiversidad
Resumen:
El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento de la regulación en materia de lucha contra el comercio de madera aprovechada ilegalmente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) Nº 2173/2005 del Consejo, de 20 de diciembre, relativo al establecimiento de un sistema de licencias FLEGT aplicable a las importaciones de madera a la Comunidad Europea (en adelante, Reglamento FLEGT) y el Reglamento (UE) Nº 995/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de los agentes que comercializan madera y productos de la madera (en adelante Reglamento EUTR), así como en su normativa de desarrollo.
Para conseguir estos objetivos, este real decreto determina en primer lugar la autoridad competente FLEGT en España e identifica a las autoridades competentes en nuestro país para la aplicación de Reglamento FLEGT, de acuerdo con el régimen constitucional de competencias.
Se establece el procedimiento para la validación de las licencias FLEGT que deberán presentar los importadores de productos de madera y derivados procedentes de un país con Acuerdo voluntario de asociación en vigor, cuya validez se verificará por la autoridad competente FLEGT.
A continuación, se determinan los requisitos mínimos aplicables al control del sistema de diligencia debida y la obligación de trazabilidad. Resulta esencial el régimen de declaración responsable para aquellos agentes que comercialicen productos de madera en el mercado nacional, independientemente del origen de los mismos; cuyo contenido básico se incluye en los anexos del propio real decreto. A través de la declaración responsable se pretende conocer las características y la naturaleza de los agentes que comercializan productos de madera en España y, en segundo lugar, facilitar a estos agentes el cumplimiento del contenido del Reglamento FLEGT.
Por último, se crea el sistema estatal de información del comercio de madera en España que permite poner en común el trabajo desarrollado en este ámbito por las diferentes autoridades españolas. Y existe el compromiso de elaborar el Plan nacional de control de la legalidad de la madera comercializada.
En definitiva, lo que se persigue es evitar la comercialización de madera aprovechada ilegalmente, un problema medioambiental de primera magnitud que representa una amenaza para la biodiversidad.
Entrada en vigor: 12 de diciembre de 2015