Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Caza
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto modificar el Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza de Extremadura, con el objeto de potenciarse la caza no solo como una actividad de ocio, sino también, como el recurso generador de empleo que es, compatible con la conservación de la biodiversidad.
Las modificaciones que se introducen en aras a la consecución de esos objetivos, pueden resumirse en los siguientes puntos:
– Se mejoran las memorias justificativas de los cerramientos cinegéticos, sus características y la aplicación de las cercas interiores.
– Se facilita la expedición de las licencias de caza.
– Se incluyen como nueva modalidad de caza el lanceo de jabalí a caballo.
– Se facilita la práctica de la caza de perdiz como reclamo entre cotos colindantes.
– Se detallan las condiciones en las que debe practicarse la modalidad de caza de jabalí en mano.
– Se aumentan las medidas precautorias de seguridad que necesariamente deban adoptar los participantes en las cacerías que se organicen en forma de monterías, ganchos, batidas, ojeos o tiradas colectivas en determinados casos, la señalización de los puestos, todo ello con el fin de mejorar la seguridad de las personas.
– Aplicar, cuando sea posible, a aquellos cotos de caza menor en los que sus titulares cinegéticos estén inscritos en el registro de empresas turístico cinegéticas y organizadores de cacerías, determinadas condiciones de los cotos intensivos.
– Se incluye la obligatoriedad de que los planes técnicos de caza relativos a cotos intensivos, deban ser suscritos por facultativo competente con independencia de su superficie.
– Se establecen las condiciones en las que sea susceptible de modificarse la superficie de los cotos privados de caza, por ampliaciones o segregaciones, con el fin de garantizar su estabilidad durante la vigencia del plan técnico aprobado.
– Se dota a la Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza, de la máxima autoridad en lo referido a la valoración y homologación de trofeos conseguidos en Castilla-La Mancha.
– Se adecúa la composición de los Consejos Provinciales de Caza y del Consejo Regional.
– Se establecen las obligaciones de los componentes de los servicios de vigilancia privados.
Entrada en vigor: 1 de octubre de 2012
Normas afectadas: Se modifica el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de aplicación de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha.
Se derogan las siguientes normas:
– La Disposición Transitoria Tercera del Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha.
– La Disposición Transitoria Única del Decreto 257/2011, de 12 de agosto, por el que se modifica el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre.