<\/p>\r\n

El Cap\u00edtulo 1 \u201cDisposiciones generales\u201d, comprende su objeto, \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n y\u00a0 la zona de extracci\u00f3n autorizada. El Cap\u00edtulo 2 \u201cRequisitos del ejercicio de la actividad\u201d establece las condiciones para obtener la licencia de pesca de coral rojo; el procedimiento de tramitaci\u00f3n de la solicitud; la campa\u00f1a de pesca\u00a0 que se inicia el d\u00eda 1 de mayo y finaliza el d\u00eda 31 de octubre de cada a\u00f1o; los requisitos de la actividad, destac\u00e1ndose que la actividad de extracci\u00f3n del coral rojo no se puede simultanear con ninguna otra modalidad de pesca o marisqueo, y los requisitos de los coraleros.<\/p>\r\n

El Cap\u00edtulo 3 \u201cLimitaciones a la extracci\u00f3n\u201d hace referencia a los criterios de prioridad para la concesi\u00f3n de la licencia de pesca de coral rojo; talla m\u00ednima y punto de fractura de las ramas de coral y extracci\u00f3n m\u00e1xima.<\/p>\r\n

El r\u00e9gimen de inspecci\u00f3n y sancionador se regulan en el Cap\u00edtulo 4.<\/strong><\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>18 de abril de 2014<\/strong><\/p>\r\n

Normas afectadas:<\/strong><\/p>\r\n

Se deroga el Decreto 291\/1983, de 7 de julio, sobre extracci\u00f3n de coral.<\/strong><\/p>\r\n

Documento adjunto: \"pdf_e\"\u00a0<\/a><\/strong><\/p>\r\n

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26 mayo 2014

Cataluña CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Cataluña. Coral rojo

Decreto 54/2014, de 15 de abril, por el que se regula la extracción de coral rojo (Corallium rubrum) en las aguas interiores del litoral catalán. (DOGC núm. 6606, de 17 de abril de 2014)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Pesca; Coral rojo

Resumen:

En el marco de la  Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas y, más en concreto, en su artículo 32 que se refiere, entre otros aspectos, a las zonas de coralígenos y establece su definición, haciendo especial referencia a su condición de hábitat protegido a los efectos de la pesca, en concordancia con la normativa pesquera de la Unión Europea y de la normativa medioambiental; se aprueba este Decreto que tiene por objeto regular la extracción de coral rojo  en las aguas interiores del litoral catalán.

Hasta ahora, venía regulándose por el Decreto 291/1983, de 7 de julio, sobre extracción de coral, teniendo en cuenta que el Decreto 389/2004, de 21 de septiembre, por el que se regulaba la pesca de coral rojo fue declarado nulo por la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña 311/2008, confirmada en casación por el Tribunal Supremo.

El Capítulo 1 “Disposiciones generales”, comprende su objeto, ámbito de aplicación y  la zona de extracción autorizada. El Capítulo 2 “Requisitos del ejercicio de la actividad” establece las condiciones para obtener la licencia de pesca de coral rojo; el procedimiento de tramitación de la solicitud; la campaña de pesca  que se inicia el día 1 de mayo y finaliza el día 31 de octubre de cada año; los requisitos de la actividad, destacándose que la actividad de extracción del coral rojo no se puede simultanear con ninguna otra modalidad de pesca o marisqueo, y los requisitos de los coraleros.

El Capítulo 3 “Limitaciones a la extracción” hace referencia a los criterios de prioridad para la concesión de la licencia de pesca de coral rojo; talla mínima y punto de fractura de las ramas de coral y extracción máxima.

El régimen de inspección y sancionador se regulan en el Capítulo 4.

Entrada en vigor: 18 de abril de 2014

Normas afectadas:

Se deroga el Decreto 291/1983, de 7 de julio, sobre extracción de coral.

Documento adjunto: pdf_e