17 octubre 2018

Castilla y León CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Castilla y León. Mejoras forestales en los montes catalogados de utilidad pública

Decreto 23/2018, de 23 de agosto, por el que se regula el fondo de mejoras, el funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Mejoras y las mejoras forestales en los montes catalogados de utilidad pública

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOCyL núm. 165, de 27 de agosto de 2018

Temas Clave: Montes; Aprovechamientos forestales; Mejoras; Planificación

Resumen:

Destinar determinado porcentaje del importe de los aprovechamientos forestales a la realización de actuaciones de mejora en el propio monte aprovechado, a modo de reinversión, ha sido clave en la historia forestal española desde hace casi ciento cincuenta años.

A nivel de la Comunidad de Castilla y León, esta cuestión resulta muy relevante, ya que cuenta en la actualidad con 3.503 montes catalogados, pertenecientes a 2.036 entidades públicas y con una superficie superior a 1.800.000 hectáreas, el 37,8% de la superficie forestal total de la CA. Y es que una adecuada ejecución de mejoras forestales con cargo al Fondo de Mejoras resulta capital para la adecuada conservación y gestión de los montes catalogados, la mejora de su calidad y el fomento del desarrollo económico y social local de los territorios afectados.

La aprobación de la Ley 43/2003, de Montes y de la Ley 3/2009, de Montes de Castilla y León, hace necesaria la redacción de un nuevo marco normativo sobre mejoras forestales, que se adapte a estas disposiciones y venga a sustituir al aportado por el Decreto 67/1989, hasta la fecha vigente.

En definitiva, el objeto del presente decreto es regular el reiterado Fondo de Mejoras, establecer la composición, competencias y régimen de funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Mejoras, y regular la planificación, la ejecución y el control de las mejoras forestales en tales montes de acuerdo con lo establecido en los Planes Anuales de Mejora.

En el Capítulo II se contiene la definición y características del Fondo así como los principios esenciales para su correcta administración. Se detalla el origen de los posibles ingresos, los procedimientos para hacer efectivas  las aportaciones y los posibles destinos de las mismas.

El Capítulo III se centra en regular las Comisiones Territoriales de Mejoras, creándose una en cada provincia, y estableciendo su composición, competencias y régimen de funcionamiento.

El Capítulo IV desarrolla los aspectos relativos a la planificación, ejecución y control de las Mejoras.

Entrada en vigor: 16 de septiembre de 2018

Normas afectadas:

Queda derogado el Decreto 67/1989, de 20 de abril, por el que se regulan las mejoras en los Montes propiedad de Entidades Locales con fondos procedentes de sus aprovechamientos, y el funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Montes.

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o de inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo establecido en el presente decreto.

Documento adjunto:pdf_e