3 julio 2024

Castilla-La Mancha CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Castilla-La Mancha. Aves esteparias

Orden 72/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la revisión del Plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios en Castilla-La Mancha

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: DOCM n. 1 Extr., de 15 de mayo de 2024

Palabras clave: Zonas de Especial Protección para las Aves. Aves esteparias. Planes de gestión.

Resumen:

La Directiva 2009/147/CE, relativa a la Conservación de Aves Silvestres, establece en su artículo 4.1 la obligación para los Estados miembros de clasificar como zonas de especial protección para las aves (ZEPA) los territorios más adecuados en número y superficie para la conservación de las especies de aves contempladas en su Anexo I, especialmente en lo que se refiere a la protección de sus enclaves de reproducción, muda, invernada y descanso.

Por otra parte, el Decreto 82/2005, de 12 de julio, declaró entre otras, las siguientes ZEPA: Área Esteparia del este de Albacete. Zona Esteparia de El Bonillo Ciudad Real. Campo de Calatrava. Ciudad Real. Áreas Esteparias del Campo de Montiel Ciudad Real. San Clemente Cuenca. Estepas Cerealistas de La Campiña. Guadalajara. Área Esteparia de la Mancha Norte Toledo, Cuenca y Ciudad Real. Área Esteparia de la margen derecha del río Guadarrama Toledo.

La revisión del plan de gestión de estas zonas ha sido sometida a un procedimiento de participación pública. Este Plan gestión se estructura en los siguientes documentos:

Documento 1: Diagnóstico del espacio Red Natura 2000.

Contiene la descripción del espacio: Información administrativa y legal, características físicas y ecológicas, elementos claves para la gestión del espacio, características socioeconómicas, y presiones y amenazas.

Documento 2: Objetivos y medidas de conservación.

Es el documento más relevante del Plan de Gestión, en el que se recogen entre otros apartados: objetivos del plan de gestión, medidas y actuaciones contempladas para la conservación de los tipos de hábitat y especies, la zonificación del territorio, la regulación de usos y actividades para cada una de las zonas, y el programa de seguimiento, conforme a las directrices para la elaboración de los planes de gestión en Castilla-La Mancha.

Documento 3: Participación ciudadana.

En él se recoge el proceso de participación pública que ha tenido lugar en la elaboración del Plan de Gestión. Documento 4: Información cartográfica.

Documento 4: “Información cartográfica”, recoge la descripción de los límites de las ZEPA incluidas en el Plan.

Se ha procedido al ajuste cartográfico de los límites, basado en el aumento de la precisión de las herramientas SIG utilizadas y siguiendo las directrices marcadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Comisión Europea.

Entrada en vigor: 16 de mayo de 2024. Esta Orden estará vigente desde dicho momento hasta el de su revisión. Este Plan de Gestión se revisará cada cinco años, salvo que circunstancias excepcionales hagan necesaria su revisión en un plazo anterior, y se prorrogará hasta la aprobación del siguiente.

Normas afectadas: Decreto 82/2005, de 12 de julio, declaró entre otras, las siguientes Zonas Especiales de Protección para las aves (ZEPA).

Enlace web: Orden 72/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la revisión del Plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios en Castilla-La Mancha