Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Tanto la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, como el Texto Refundido de la Ley de Suelo, aprobado mediante el Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, han introducido, un reconocimiento a nivel normativo de notable calado en relación al suelo rústico, que ha servido para otorgar a esta clase de suelo la transcendencia que se merece, tanto desde el punto de vista medioambiental, como desde el punto de vista de la ordenación territorial y urbanística, considerándolo un recurso natural, escaso y no renovable.
En Castilla la Mancha, el nuevo Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo se hizo eco del nuevo papel protagonista del suelo rústico, y por tanto, esa nueva normativa, debe tener su debido reflejo y continuidad en las normas de rango reglamentario que lo desarrollen, tal y como es el caso del presente Reglamento de Suelo Rústico.
Las innovaciones introducidas en esta modificación se refieren fundamentalmente a las actuaciones urbanizadoras promovidas en suelo rústico de reserva a través de la figura de la consulta de viabilidad, así como a la documentación que han de contener aquellos proyectos de usos, instalaciones y actividades a implantar en esta clase de suelo, procurando mejorar la regulación de estas cuestiones en aras a la agilidad y seguridad jurídica que debe presidir el desarrollo de dichos procedimientos, y alcanzando a la par la armonización de los mismos con los propios de otras Administraciones públicas, y muy en concreto, lo relativo a la materia ambiental. También se han introducido modificaciones en cuestiones como las relativas a los usos permitidos en el suelo rústico de especial protección, la posibilidad de instalación de industrias aisladas, el riesgo de formación de núcleos de población o la liquidación del canon urbanístico.
Finalmente, también se modifican preceptos del Decreto 35/2008, de 11 de marzo, por el que se regulan los órganos en materia de ordenación territorial y urbanística de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con el objetivo de incorporar las principales novedades de la Ley 2/2009, de Medidas Urgentes en materia de Vivienda y suelo, en lo referente a la figura de los Planes de Singular Interés.
Entrada en vigor:
26 de julio de 2010
Normas afectadas:
Se modifican las siguientes normas:
– Decreto 242/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística
– Decreto 35/2008, de 11 de marzo, por el que se regulan los órganos en materia de ordenación territorial y urbanística de la junta de comunidades de Castilla la Mancha.