Decreto 172/2017, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de las Dehesas de Andalucía, se crea su Comité de Seguimiento y se modifica el Decreto 57/2011, de 15 de marzo, por el que se regula la Comisión Andaluza para la Dehesa y el Decreto 530/2004, de 16 de noviembre, por el que se regula la composición, las funciones y el régimen de funcionamiento del Consejo Andaluz de Biodiversidad
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 207, de 27 de octubre de 2017
Temas Clave: Dehesa; Planificación; Ordenación del territorio; Usos
Resumen:
Este decreto deviene de lo dispuesto en el Título I de la Ley 7/2010, de 14 de julio, para la Dehesa, relativo a la gestión sostenible de las dehesas, y concretamente de lo dispuesto en su artículo 5, que regula el Plan Director de las Dehesas de Andalucía como instrumento de planificación general para estos espacios, y que tendrá la consideración de plan con incidencia en la ordenación del territorio de los previstos en el Capítulo III del Título I de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Toma en consideración la Estrategia «Europa 2020: la estrategia de la Unión Europea para el crecimiento y la ocupación» y las prioridades del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014–2020. Uno de los principios fundamentales que lo informan es el de la coordinación de los esfuerzos que se realizan desde los diferentes ámbitos del mundo de la dehesa para mejorar su situación.
El Plan se estructura en cinco epígrafes. En primer lugar, una caracterización de las dehesas de Andalucía. A continuación se expone un diagnóstico de la situación actual de las mismas, desde los puntos de vista social, ambiental, económico y cultural, así como de su aprovechamiento, identificando los factores productivos, ecológicos y socioculturales claves de su sostenibilidad. En tercer lugar, se analizan nuevos usos y oportunidades para la dehesa, finalizando con los apartados correspondientes a la definición de estrategias de actuación y al seguimiento y revisión.
Las líneas estratégicas y objetivos específicos recogidos en el Plan están orientados a mejorar la viabilidad económica de las explotaciones de dehesa, a impulsar la cohesión territorial y diversificación de la economía en el medio rural, a establecer los mecanismos para impulsar la conservación de los ecosistemas de dehesa, así como a planificar y mejorar la coordinación e identificación de las necesidades en actividades de investigación, desarrollo, innovación y formación relacionadas con las dehesas.
El Plan tendrá una vigencia de veinte años, con revisiones intermedias quinquenales.
Se crea el Comité Andaluz de Seguimiento como órgano colegiado de participación y coordinación, al que corresponderá el seguimiento y revisión del Plan.
Entrada en vigor: 28 de octubre de 2017
Normas afectadas:
Modificación del Decreto 57/2011, de 15 de marzo, por el que se regula la Comisión Andaluza para la Dehesa: Se añaden dos nuevos párrafos d) y e) al artículo 4, se modifica el apartado 1 del artículo 5.
Modificación del Decreto 530/2004, de 16 de noviembre, por el que se regula la composición, las funciones y el régimen de funcionamiento del Consejo Andaluz de Biodiversidad: se añade un nuevo epígrafe al párrafo e) del apartado 2 del artículo 3, se modifica el párrafo f) del apartado 2 del artículo 3, se añade un nuevo párrafo e) al apartado 1 del artículo 4, se añade un nuevo apartado 4 al artículo 4, se añade un nuevo artículo 9 bis y se añade un nuevo apartado 6 al artículo 14.
Documento adjunto: (BOJA); (Consejería)