Sentencia del Tribunal Supremo 21 de septiembre de 2009 (Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección 5ª)
Autora de la nota: Marta García Pérez. Profesora Titular de Derecho Administrativo de la UDC. Coordinadora del grupo de investigación “Observatorio del Litoral”
Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 28079130052009100499
Palabras Clave: Ley de Costas, Reglamento de Costas, recuperación posesoria. Sentencia: motivación. Desviación de poder.
Resumen: El día 15 de febrero de 1.999, el Jefe de la Demarcación de Costas acordó la iniciación del procedimiento de recuperación posesoria de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el Toro, Calviá, después de constatar sus características físicas y situación jurídica, y de la que no existía constancia de autorización o concesión administrativa que los amparase, todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 22/1988, de 22 de julio, de Costas y su Disposición Transitoria 4ª.
El 25 de febrero de 1999, la entidad Palma de Mallorca de Inversiones, S.L. formuló alegaciones según las que estaba pendiente un procedimiento de caducidad de la concesión que amparaba la ocupación (de la que es titular OCIBAR S.A. y
Sentencia del Tribunal Supremo 30 de septiembre de 2009 (Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección 5ª)
Autora de la nota: Marta García Pérez. Profesora Titular de Derecho Administrativo de la UDC. Coordinadora del grupo de investigación “Observatorio del Litoral”
Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 28079130052009100512
Palabras Clave: Ley de Costas; Reglamento de Costas; deslinde del dominio público marítimo-terrestre; marismas; terrenos inundables; derecho transitorio; Recurso de casación: alcance; prueba.
Resumen: Se impugna en este recurso de casación nº 3963/2005 la sentencia de la Sala de lo contencioso Administrativo, Sección Primera, de la Audiencia Nacional, de fecha 11 de mayo de 2005, desestimatoria del recurso interpuesto por la entidad mercantil “Almejas y Pescados de Puerto Real, SA” contra la resolución del Ministerio de Medio Ambiente, de 28 de diciembre de 2001, aprobatoria del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de unos 10.896 metros de longitud, de las marismas y caños comprendidos entre la carretera nacional IV, el caño de Sancti Petri y la Bahía de Cádiz, en el término municipal de Puerto Real -Cádiz-.
Sentencia del Tribunal Supremo 30 de septiembre de 2009 (Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección 5ª)
Autora de la nota: Marta García Pérez. Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidade de Coruña. Coordinadora del Grupo de Investigación “Observatorio del Litoral”
Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 28079130052009100496
Palabras Clave: Ley de Costas ; Reglamento de Costas ; deslinde del dominio público marítimo-terrestre ; marimas.
Resumen: Se impugna en este recurso de casación nº 3867/2005 la sentencia que la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, de la Audiencia Nacional dictó en fecha 13 de abril de 2005, desestimatoria del recurso interpuesto por la entidad mercantil “Proasal, Salinera de Andalucía, SL” contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto frente a la resolución del Ministerio de Medio Ambiente de 31 de enero de 2001 aprobatoria del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de unos 7.476 metros de longitud de las marismas del río Guadalquivir (margen izquierda) comprendidas entre el puerto de Bonanza y la laguna de Tarelo, término municipal de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).
La entidad mercantil recurrente solicitó en su demanda, además de la anulación del deslinde en
Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2009 (Sala de los Contencioso Administrativo, Sección 5ª)
Fuente: CENDOJ ID CENDOJ: 8079130052009100453
Palabras Clave: Medidas extraordinarias a causa de la sequía; Trasvase Tajo – Segura; Propuesta de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo- Segura; actuación asesora de un órgano administrativo competente en la materia; Evaluación de impacto ambiental innecesaria.
Resumen:
En sentencia de 28 de julio de 2009 la Sala 3º del Tribunal Supremo tuvo oportunidad de pronunciarse en relación a la posible nulidad del Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de octubre de 2005 por el que se aprobó el trasvase de 18 hectómetros cúbicos de agua de la cabecera del río Tajo para riego de socorro en zonas servidas con aguas del acueducto Tajo-Segura. En su escrito, la demandante solicitó del Tribunal declaración en sentido favorable a la nulidad del acto, fundamentando tal pretensión sobre la base de las siguientes infracciones:
Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de julio de 2009 (Sala de lo Contencioso – Administrativo).
Fuente: CENDOJ. Id Cendoj: 28079130052009100428
Palabras Clave: Cambio Climático, Atmósfera, derechos de emisión de gases de efecto invernadero, Directiva 83/2007/CE, ámbito de aplicación, sector siderúrgico, sector químico y de los metales no férreos, principio de igualdad, libertad de empresa, seguridad jurídica, Ley 5/2004, reconocimiento del derecho de a conservar derechos asignados cuando la instalación ha cerrado antes de la entrega.
Resumen:
En Sentencia de 17 de julio de 2009, la Sala Tercera del Tribunal Supremo tuvo oportunidad de pronunciarse en relación a la validez de la Directiva 2003/87/CE y del Real Decreto Ley 5/2004 a propósito del recurso contencioso administrativo presentado por la mercantil “Arcelor España S.A contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2005, por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluídas en el ámbito de aplicación del Real Decreto Ley 5/2004, de 27 de agosto.
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