Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autor: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6019/2011
Temas Clave: Planificación territorial; discrecional técnica; motivación decisiones; medio ambiente; desarrollo económico.
Resumen:
La Sentencia considerada resuelve el recurso de casación interpuesto contra la STSJ Canarias (sede Las Palmas de Gran Canaria) de 3 de septiembre de 2007, por la que se anulan el Decreto 277/2003 de 11 de noviembre y el Decreto 68/2004 en todo lo referente a las determinaciones y contenido del Plan Insular de Ordenación correspondiente a la “Actuación A.1.3 Corredor Viario Estructurante del Litoral de Alta Capacidad Desdoblamiento de la GC.2 y Variante de la GC.207 entre la Granja Experimental (Arucas) y Santa María de Guía (PTE14), , ante el recurso presentado por Sociedad Mercantil. A juicio de la empresa recurrente en la instancia, las determinaciones del Plan en cuanto al desdoblamiento de las infraestructuras existentes eran contrarias a Directrices previas que contemplaban “el uso eficiente y sostenible” de las infraestructuras existentes, además de
Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de octubre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autor: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6271/2011
Temas Clave: Planes de Ordenación; evaluación de impacto; evaluación estratégica; discrecional técnica; medio ambiente; desarrollo económico.
Resumen:
En esta Sentencia, el Tribunal Supremo resuelve el recurso de casación interpuesto contra la STSJ Canarias (sede Las Palmas de Gran Canaria) de 11 de julio de 2008, por la que se anula el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente Canarias, de 23 de febrero de 2003, en cuya virtud se aprueba definitivamente el Plan Territorial Especial de Infraestructuras Viarias de la Zona Norte-Central, ante el recurso presentado por Sociedad Mercantil.
En esencia, los motivos de la casación, compartidos por la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de Gran Canaria, se apoyan en la innecesariedad de la evaluación de impacto ambiental del Plan en cuestión, puesto que no figura entre los proyectos previstos en el Anexo I Real Decreto- Legislativo 1302/1986, y
Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de septiembre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autor: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6202/2011
Temas Clave: Acceso a la información ambiental; documentos inconclusos; petición de informe; expediente inconcluso
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 11 de marzo de 2008, en la que se resolvían dos recursos acumulados contra las respectivas resoluciones denegatorias de acceso a la información ambiental de la Confederación Hidrográfica del Ebro en relación con el Programa de Puesta en Carga de la Presa de Itoiz.
En este sentido, la primera de las resoluciones de la Confederación denegaba el acceso a ciertos informes sobre la Presa en cuestión a instancias de particular (informes de auscultación), por entender que dichos informes debían considerarse documentos inconclusos, por vincularse a un expediente que no había acabado en el momento de solicitar la información (11 de mayo de 2004)y que podía ser
Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mª del Pilar Teso Gamella)
Autor: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6172/2011
Temas Clave: Demarcación hidrográfica; cuenca hidrográfica; competencias; cuencas intracomunitarias; unidad de gestión; utilización racional recursos naturales
Resumen:
La Sentencia que nos ocupa resuelve el recurso contencioso-administrativo presentado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, que fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas. Específicamente, se impugna el art. 2.2 del referido Real Decreto, así como la Disposición Transitoria Única y la Disposición Final primera en lo que respecta a la Demarcación Hidrográfica del Segura (F.J.2). En esencia, el recurso pretende la nulidad de los preceptos enumerados sobre la base de falta de competencia de la Administración General del Estado para la determinación de las referidas demarcaciones si las mismas afectan a cuencas intracomunitarias, en el marco del art. 149.1.22ª CE.
La Sala valora, en primer lugar, la legitimación activa de la Junta de Comunidades
Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de junio de 2011 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Óscar González González)
Autora: Aitana de la Varga Pastor, Profesora Ayudante de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 4399/2011
Temas Clave: Aguas; Vertidos; Saneamiento; Canon de Saneamiento; Canon de Control de Vertidos; Dominio Público Hidráulico
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Entidad SNIACE, S.A., contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en fecha 28 de junio de 2007, recaída en el recurso contra el Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma 11/2006, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del régimen económico-financiero del canon de saneamiento de Cantabria.
La cuestión principal que se plantea en este litigio es si son compatibles el canon de saneamiento autonómico y el canon estatal de control de vertidos.
El Tribunal Supremo considera que ambos cánones son compatibles, ya que, aunque ambos tributos estén relacionados
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