Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 2 de marzo de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Francisco López Vázquez)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 1603/2016 – ECLI:ES:TSJCAT:2016:1603
Temas Clave: Clasificación de suelos; Desarrollo sostenible; Evaluación ambiental estratégica; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra la Comissió Territorial d´Urbanisme de Barcelona de 12 de mayo de 2011, a través de la cual se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación Urbanística Municipal del municipio de San Vicenç de Montalt (Barcelona).
Entre otras causas, el recurrente interesa la nulidad del plan municipal por causa de no haberse efectuado la evaluación ambiental estratégica del mismo con el contenido indicado en la normativa comunitaria.
La Sala, en primer lugar, examina el marco temporal de la tramitación del plan en relación con la normativa comunitaria de aplicación, esto es, fundamentalmente la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente; y su relación con la normativa nacional de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 22 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Jesús Rivera Fernández)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 2435/2016 – ECLI:ES:TSJAND:2016:2435
Temas Clave: Aguas; Comunidades Autónomas; Competencias; Confederación Hidrográfica; Dominio público hidráulico; Estatutos de autonomía
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por unos particulares contra la resolución de la Dirección General de Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua que aprobaba el deslinde del dominio público hidráulico en las márgenes de la Rambla de Melicena (Sorvilán, Granada).
La razón principal que sustenta el recurso interpuesto, radica en que la Agencia Andaluza del Agua carece de competencias para la instrucción y aprobación del antedicho deslinde, todo ello teniendo en cuenta que la competencia reconocida a esta Agencia en virtud del artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, fue anulada por el Tribunal Constitucional en su sentencia de 16 de marzo de 2011.
De este modo, dicho precepto disponía que la Comunidad Autónoma de Andalucía ostentaba competencias exclusivas sobre las
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 8 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Cristina Pérez-Piaya Moreno)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 2393/2016 – ECLI:ES:TSJAND:2016:2393
Temas Clave: Clasificación de suelos; Dominio público; Montes; Planeamiento urbanístico; Procedimiento administrativo; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra la Resolución de la Comisión Provincial de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Granada por la que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Loja (Granada), a través de la cual se clasifican como suelo urbano los terrenos necesarios para materializar como dotación pública de transporte y comunicaciones el apeadero de autobuses (con una superficie de 6.200 metros cuadrados).
Los suelos afectados en esta modificación urbanística, estaban catalogados como monte público, lo cual, al margen de otras causas, sustenta el motivo fundamental argüido por el recurrente para solicitar la nulidad de dicha modificación. Y es que, de conformidad con el artículo 16 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, dos son las posibilidades para la exclusión de una porción de monte del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 2 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Clara Penin Alegre)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CANT 248/2016 – ECLI:ES:TSJCANT:2016:248
Temas Clave: Antenas de telefonía; Autorizaciones y licencias; Competencias; Contaminación electromagnética; Telecomunicaciones; Urbanismo
Resumen:
En la línea de otras sentencias comentadas en esta REVISTA, concernientes a la regulación municipal por ordenanza de la ubicación e instalación de antenas de telefonía móvil, se analiza la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativa del TSJ de Cantabria de 2 de febrero de 2016, que examina el recurso interpuesto por una operadora móvil contra la modificación de la ordenanza reguladora de las condiciones urbanísticas de la localización de instalaciones de telefonía móvil celular y otros equipos radioeléctricos de telefonía en el municipio de Marina de Cudeyo (Cantabria).
Al igual que ha ocurrido con otros pronunciamientos judiciales ya estudiados anteriormente, los recurrentes basan su recurso en primer lugar en la ausencia de la emisión de informe por parte de la administración general del Estado, arguyendo la aplicación del artículo 35.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 29 de enero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Teresa Gómez Pastor)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 2097/2016 – ECLI:ES:TSJAND:2016:2097
Temas Clave: Antenas de telefonía; Autorizaciones y licencias; Competencias; Contaminación electromagnética; Telecomunicaciones; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una empresa de telecomunicaciones contra la Ordenanza reguladora de la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Torrox (Málaga).
Dos son los motivos en los que basan sus pretensiones anulatorias. El primero, concerniente a la vulneración del artículo 26 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Comunicaciones -actualmente, artículo 35.2 de la vigente Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones-, al no haber recabado el ayuntamiento el preceptivo informe sectorial de la administración central. El segundo, al invadir la Ordenanza impugnada las competencias del Estado en materia de telecomunicaciones, al establecerse normas de protección superiores a las fijadas por el legislador nacional.
En cuanto al primero de los motivos, es desestimado por la Sala, al entender que, en aplicación de la doctrina
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