Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 17 de noviembre de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 2ª. Ponente: María Azucena Recio González)
Autora: Jennifer Sánchez González. Profesora de Derecho Administrativo. Universidad de A Coruña
Fuente: Roj: STSJ GAL 7968/2022 – ECLI: ES: TSJGAL:2022:7968
Palabras clave: Dominio Público Hidráulico. Minas. Responsabilidad subsidiaria. Restauración.
Resumen:
La sentencia resuelve un recurso contencioso-administrativo interpuesto por una cantera (Canteras Fernández SL Extracción S. Com) contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil de 26 de agosto de 2021, por la que se impone una sanción administrativa a una persona física (Juan Ramón, responsable de la empresa IPISA), en concepto de multa, conforme al artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, por la ocupación, sin autorización o concesión administrativa, del cauce de un Regato mediante un depósito de pizarras, así como la reposición al estado originario. En dicha resolución se impone tanto a Canteras Fernández Explotación, S. Com, como a Canteras Fernández Extracción S. Com, la ejecución subsidiaria si el sancionado principal no cumple.
Es parte demandada la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS).
La parte actora argumenta su falta de responsabilidad basándose en los siguientes hechos:
En primer
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 4 de noviembre de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 2ª. Ponente: José Antonio Parada López)
Autora: Jennifer Sánchez González. Profesora de Derecho Administrativo. Universidad de A Coruña.
Fuente: Roj: STSJ GAL 7665/2022 – ECLI:ES:TSJGAL:2022:7665
Palabras clave: Dominio público hidráulico. Sanción. Vertidos. Prescripción.
Resumen:
La sentencia resuelve un recurso contencioso-administrativo interpuesto por Prebetong Aridos, S.L. contra la Resolución dictada por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, de fecha de 17 de diciembre de 2020 por la que se desestima el recurso de reposición formulado por la sociedad mercantil el 9 de diciembre de 2019, contra resolución sancionadora de 31 de octubre del mismo año, de la que trae causa el asunto.
Prebetong Aridos SL es la explotadora de la Cantera de Cabernouro (Couso, Ponteareas) y para su ejercicio cuenta con la autorización de vertido del Organismo de cuenca, otorgada por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (en adelante CHMS) en el año 2022 por un plazo de 20 años.
La CHMS acordó incoar, el 31 de octubre de 2018, un expediente sancionador frente a Prebetong Áridos
Auto del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 29 de septiembre de 2023 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Francisco Javier Cambon Garcia)
Autora: Júlia Isern. Asesora legal ambientalista.
Palabras clave: Suspensión cautelar. Mina de Penouta. Coltán.
Resumen:
La Sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia acuerda la suspensión “de forma inmediata e incondicionada (de) la ejecución de la resolución que aprobó el proyecto de explotación y el plan de restauración de la concesión de explotación de recursos de la Sección C) de la Mina da Penouta, en Ourense”.
Imagen 1. Explotación minera. Imagen de Dominik Vanyi en Unsplash
Desde 2017, la empresa canadiense Strategic Minerals SL viene realizando operaciones de aprovechamiento en la mina de Penouta, en la provincia de Ourense. De dicha mina, que ocupa una superficie de 282 hectáreas, la empresa extrae estaño, tantalio y niobio, siendo estos dos últimos los elementos que conforman la columbita-tantalita, comúnmente conocida como coltán, materiales esenciales para la fabricación de componentes digitales. A pesar de que la citada empresa se califica a sí misma como modelo de minería moderna
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 28 de octubre de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 2ª. Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: Jennifer Sánchez González. Profesora de Derecho Administrativo. Universidad de A Coruña.
Fuente: Roj: STSJ GAL 7067/2022 – ECLI: ES: TSJGAL:2022:7067
Palabras clave: Renovación de concesión. Dominio Público Hidráulico. Usos DPH.
Resumen:
La sentencia resuelve un recurso contencioso-Administrativo interpuesto el Club Fluvial de Lugo, contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (24 de junio de 2021), por la que se le denegaba la renovación de la concesión y la legalización de las instalaciones existentes.
Es parte demandada la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS) y codemandada Ecoloxistas en Acción Galiza.
La resolución impugnada denegaba el proyecto para la explotación de las instalaciones del Club Fluvial presentado dentro del trámite de competencia de peticiones para la renovación de la concesión por el plazo máximo legal previsto de la ocupación, así como para la legalización de las instalaciones existentes, puesto que, conforme a la misma, el proyecto presentaba usos y actividades en la zona de Dominio Público Hidráulico incompatibles con
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 27 de mayo de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 2ª. Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: Jennifer Sánchez González. Profesora de Derecho Administrativo. Universidad de A Coruña
Fuente: Roj: STSJ GAL 3799/2022 – ECLI: ES: TSJGAL:2022:3799
Palabras clave: Concesión. Rehabilitación. Caducidad.
Resumen:
La sentencia resuelve un recurso contencioso-Administrativo interpuesto por un particular (D. Marcos), contra la resolución de la Conselleria do Mar (5 abril 2021), por la que se le denegaba la rehabilitación de concesiones para acuicultura y contra la resolución (16 julio 2021) por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la primera.
La parte recurrente fundamenta su demanda en las siguientes consideraciones, que se pueden resumir del siguiente modo:
En virtud de la Ley de Costas de 1988 sus concesiones, adquiridas a perpetuidad, no vencerían hasta 30 años después (29 julio 2018, prórrogas al margen), pero conforme a la resolución impugnada, han quedado extinguidas el 30 de diciembre de 1995 (o en el mejor de los casos el 2 de noviembre de 2016), por no haberse solicitado prórroga
La Administración competente decidió en su día no declarar la caducidad de las concesiones, sino rehabilitarlas, por
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