Sentencia del Tribunal Supremo, de 21 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Francisco Javier Borrego Borrego)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 1655/2019 – ECLI: ES:TS:2019:1655
Temas Clave: Planificación Hidrológica; Andalucía; Consejo Andaluz de Gobiernos Locales; Informe preceptivo; Competencias autonómicas y locales
Resumen:
El Alto Tribunal examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre contra el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas 2015-2021, aprobado por Real Decreto 11/2016, de 8 de enero (BOE núm. 19, de 22 de enero de 2016), y el Plan de gestión del riesgo de inundación de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (PGRI), aprobado por Real Decreto 21/2016, de 15 de enero (BOE núm. 19, de 22 de enero de 2016).
Nos vamos a ceñir al único motivo de impugnación sobre el fondo del asunto que se analiza: nulidad de los Planes por omisión del preceptivo informe del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales (en adelante, CAGL) exigido por la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
El Tribunal sienta como
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 21 de noviembre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Jose Guillermo Del Pino Romero)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ AND 14445/2018 – ECLI: ES:TSJAND:2018:14445
Temas Clave: Parque Nacional de Doñana; PORN; Usos y actividades; Autorización; Puertos; Espacio aéreo; Competencias
Resumen:
Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo formulado por el Abogado del Estado frente al Decreto 142/2016 de 2 de agosto de 2016, por el que se amplía el ámbito territorial del Parque Natural Doñana, se declara la Zona Especial de Conservación Doñana Norte y Oeste y se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural Doñana.
En concreto viene a solicitarse la nulidad de los siguientes artículos, normas y epígrafes: 8.4.7. a) 1, 2 y 8 y b) 1, 8.4.10. b) y 8.6.1.5.3.2 del PORN y el epígrafe 5.1.6.5.3, contenidos en el anejo V; así como los epígrafes 8.4.4.1.b), 8.4.4.2); 8.4.4.3); 8.4.4.6.a) y b), 8.4.4.9, 8.4.4.10.a).3 y 8.6.2.1.2.n) del mismo anexo V; y los epígrafes 6.2.1p) y 6.2.2.h)
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), de 11 de octubre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Jesús Rivera Fernández)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ AND 12829/2018 – ECLI: ES: TSJAND:2018:12829
Temas Clave: Infracciones; Sanciones; Vertidos; Aguas residuales; Ayuntamiento; Competencias; EDAR
Resumen:
Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, de fecha 5 de diciembre de 2014, que impuso al Ayuntamiento de Las Gabias (Granada) la sanción de multa de 11.953,00€, como responsable de la infracción, de carácter menos grave, tipificada en el artículo 116.3 a), f) y g) del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con los artículos 100 y 316 g) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y la obligación de indemnizar los daños al Dominio Público Hidráulico en la cifra de 3.586,05 €, por los siguientes hechos: “…realizar un vertido de aguas residuales procedentes del colector municipal a la acequia Las Viñas, careciendo de la preceptiva autorización de este Organismo
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 20 de septiembre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Pedro Marcelino Rodríguez Rosales)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AND 11563/2018 – ECLI:ES:TSJAND:2018:11563
Temas Clave: Clasificación de suelos; Dominio público hidráulico; Evaluación ambiental; Planeamiento urbanístico; Suelo no urbanizable; Urbanismo
Resumen:
Por una asociación ecologista se interpone recurso contencioso-administrativo contra dos resoluciones de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 16 de diciembre de 2014 y de 9 de febrero de 2015, a través de las cuales se aprueba definitiva y parcialmente la Innovación 34 de la Adaptación Parcial a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, categoría de suelo no urbanizable (protección específica cauce de aguas y de protección agrícola) del municipio de Arahal (Sevilla).
Según se desprende de la sentencia, a través de estas resoluciones se estaba modificando el suelo no urbanizable de especial protección del municipio, parte del cual pasaba a considerarse suelo no urbanizable genérico.
Hay que tener en cuenta que, según consta en el Fundamento de Derecho Segundo, en las Normas Subsidiarias de Arahal de 1994, existía un régimen
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 26 de abril de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Luis Gonzaga Arenas Ibañez)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AND 3098/2018 – ECLI:ES:TSJAND:2018:3098
Temas Clave: Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
Se interpone por la asociación ECOLOGISTAS EN ACCIÓN DE CÁDIZ recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tarifa de 29 de mayo de 2012, a través del cual se aprueba definitivamente el texto refundido del Plan Parcial de Ordenación del Sector Sl-1 “Valdevaqueros” de dicha localidad gaditana.
Playa de Valdevaqueros en Tarifa. Fuente: El País, sin fines comerciales
Conviene apuntar de manera preliminar, que el Acuerdo recurrido aprobando el texto refundido cumplimentaba lo indicado en el informe favorable condicionado emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía.
Entre los motivos que se aducen por la asociación recurrente, destacan los siguientes:
-Ausencia de un Informe favorable por parte del Ministerio de Fomento (en el expediente solo constaría uno desfavorable).
-Necesidad de haber sometido el Plan Parcial nuevamente a información pública, una vez
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