Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de octubre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autor: Antonio Ruiz Salgado, Abogado y consultor jurídico ambiental, Doctor en Derecho
Fuente: ROJ: STS 4153/2014
Temas clave: Red Natura, Comunidad de Madrid, Zona Especial de Conservación (ZEC), ordenación de los recursos naturales, espacio natural protegido
Resumen:
La presente sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sección octava, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la organización Ecologistas en Acción contra el Decreto 36/2010, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, que declaraba Zona Especial de Conservación (ZEC) el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) “Cuencas de los ríos Alberche y Cofio” y aprobaba su Plan de Gestión.
El recurso de casación se fundamenta en tres motivos, todos ellos al amparo de lo establecido en el artículo 88.1.d) de la LJCA. El primer motivo se basa en la infracción de las normas del ordenamiento jurídico y de la jurisprudencia aplicables por la ausencia de contestación a las alegaciones presentadas por Ecologistas en Acción-CODA en el trámite de información pública del Plan de Gestión recurrido.
En el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 15 de septiembre de 2014 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Eduardo Rodríguez Laplaza)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STSJ CAT 8759/2014
Temas Clave: Zona de Especial Protección para las Aves, Régimen transitorio para las actividades incompatibles con esa protección
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha aceptado el recurso interpuesto por una organización ecologista catalana (IPCENA. Institució de Ponent per a la Conservació i l`Estudi de l`Entorn Natural) contra el Decreto 8/2009, de 20 de enero, por el que se aprueba el Plan de aeropuertos, aeródromos y helipuertos de Cataluña para el período 2009-2015 en la medida en que mantenía en servicio el aeródromo de Alfés, ubicado en el interior de un espacio ambientalmente protegido, cuyo planeamiento de protección había permitido su funcionamiento hasta que existiese otras instalaciones aeroportuarias alternativas en otro lugar. Pues bien, una vez puesto en funcionamiento el nuevo aeropuerto de Lérida-Alguaire, debía cerrarse este aeródromo de Alfés, situado en un tomillar estepario protegido a tan solo 10 km de Lérida capital. A pesar de esta prescripción tan clara y tan sensata que se recogía
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 7 de octubre de 2014 (Ponente: Antonio Narváez Rodríguez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Proyecto Regional; Cambio de uso forestal; Terrenos incendiados; Inconstitucionalidad mediata; Legislación básica estatal en materia de medio ambiente
Resumen:
Nos decantamos en este supuesto concreto por el adelanto del resultado final: La Sala, previa estimación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno declara inconstitucional y nula la Ley de las Cortes de Castilla y León 6/2010, de 28 de mayo, de declaración del proyecto regional del «Complejo de Ocio y Aventura Meseta-Ski». Se declaró Proyecto Regional por su singular interés para la Comunidad, estableciendo entre sus efectos la inmediata aptitud para la ejecución del proyecto y para su actividad posterior y puesta en funcionamiento al servicio de todos los ciudadanos. Asimismo, comportó la directa modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Tordesillas.
El Letrado del Estado esgrime como argumento la vulneración de lo dispuesto en los arts. 24.1, 106.1. y 149.1.23 CE, incidiendo esencialmente en la vulneración del art. 50.1 de la Ley de Montes, que prohíbe el
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala octava), de 9 de octubre de 2014, asunto C-641/13P, por la que se resuelve el recurso de casación interpuesto por el Reino de España contra la sentencia del Tribunal General que confirmó la reducción de las ayudas del Fondo de cohesión destinadas a la financiación del saneamiento y la depuración en la cuenca del Júcar
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Temas clave: Fondos de cohesión, contratos públicos, criterios de adjudicación, experiencia previa, obras de saneamiento y depuración
Resumen:
El Reino de España interpone recurso de casación solicitando la anulación parcial de la sentencia del Tribunal General de 16 de septiembre de 2013 que desestimó su pretensión de anulación de la Decisión de la Comisión, de 20 de octubre de 2006, por la que se redujo la ayuda financiera concedida mediante el Fondo de Cohesión a un grupo de proyectos referidos al saneamiento de la cuenca hidrográfica del Júcar.
El motivo de la citada Decisión de la Comisión por la que se redujo la cuantía de los fondos de cohesión destinados, se basó en que la adjudicación de tales contratos
Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de septiembre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mariano de Oro-Pulido Pérez)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 3959/2014
Temas Clave: Espacios Naturales Protegidos; Urbanismo; Planes de Ordenación de los Recursos Naturales; Planes Urbanísticos
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Asociación Plataforma en Defensa de Agua Amarga no al Proyecto Marina de Agua Amarga y por la Junta de Andalucía contra la Sentencia dictado el 28 de mayo de 2012 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (con sede en Granada). Esta Sentencia estimó parcialmente el recurso formulado por la Entidad Marina de Agua Amarga S.A. contra el Decreto 37/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, declarando la nulidad de la norma impugnada en lo que afecta a la inclusión de los terrenos propiedad de la
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