Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de febrero de 2015 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Juan José Suay Rincón)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: ROJ STS 589/2015 – ECLI:ES:TS:2015:589
Temas Clave: Clasificación de suelo urbanizable; Ciudad compacta
Resumen: El municipio de Cebreros (Ávila) se encuentra situado a tan solo 85 kilómetros de Madrid, en una zona de sierra muy frecuentada por los madrileños como lugar de segunda residencia no sólo por su proximidad sino también por la calidad ambiental de estos municipios próximos al pantano de San Juan y a la cuenca del río Alberche. Precisamente por esta ubicación en la década del boom inmobiliario este Ayuntamiento apostó por la construcción de la típica urbanización con campo de golf de 18 hoyos, con un importante centro de ocio, hotelero y comercial y la construcción de 3.508 viviendas en un una zona situada a 3 kilómetros del núcleo urbano, que sólo cuenta con 3.300 habitantes del que, dicho sea de paso, era natural el presidente del gobierno Adolfo Suarez.
El problema surge en que mientras se estaba tramitando el planeamiento, con los plazos tan largos que implica su tramitación, se
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 6 de noviembre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Rafael Losada Armadá)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CANT 1165/2014
Temas Clave: Acceso a la justicia; Convención sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Convenio de Aarhus); Dominio público
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación Ecologistas en Acción-Cantabria, contra la resolución de 5 de diciembre de 2012 de la Autoridad Portuaria de Santander, que inadmitía a trámite el recurso de reposición contra el Acuerdo del Consejo de Administración de 17 de octubre de 2012 por el que se otorgaba concesión administrativa a la Real Federación Española de Vela para la ocupación de una parcela de 2.321 metros cuadrados con destino a equipamiento deportivo. Es parte demandada la Autoridad Portuaria de Santander, y codemandados, el Gobierno de Cantabria, la Real Federación Española de Vela y el Ayuntamiento de Santander.
La parte demandante solicita la nulidad de pleno derecho del acuerdo de otorgamiento de la concesión administrativa,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 16 de enero de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Matías Alonso Millán)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 91/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:91
Temas Clave: Monte de utilidad pública; Descatalogación; Suelo urbano
Resumen:
La Sala examina el recurso interpuesto por la “Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza” (ASDEN) frente a la Orden FYM1/60/2013, de 10 de enero, dictada por el Consejero de Fomento y Medio Ambiente, por la que se autoriza la exclusión de parte de una parcela del monte “Pinar” nº. 84 del Catálogo de los de Utilidad Pública de la provincia de Soria, perteneciente al Ayuntamiento de Navaleno, que queda a su libre disposición.
Los argumentos esgrimidos por la parte actora para justificar su impugnación se basan fundamentalmente en la incomprensión de que el Ayuntamiento haya llevado a cabo una Modificación de las Normas Subsidiarias Municipales con la finalidad de reclasificar un suelo protegido para destinarlo a promoción de viviendas protegidas y ubicación de dotaciones públicas, y que este destino haya servido
Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de noviembre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Eduardo Espin Templado)
Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 5027/2014 – ECLI:ES:TS:2014:5027
Temas Clave: Fractura hidráulica (Fracking); Hidrocarburos; Planeamiento urbanístico; Participación ciudadana; Consulta
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Kuartango contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de agosto de 2013, por el que no se autoriza a este Ayuntamiento la celebración de una consulta popular relativa a si el plan general de ordenación urbana debía recoger como uso autorizado del suelo, el de la prospección o extracción de hidrocarburos mediante fractura hidráulica (fracking).
La cuestión principal a dilucidar en esta Sentencia es si los municipios disponen o no de competencias en esta materia. El Ayuntamiento de Kuartango sostiene que se trata de un asunto de competencia municipal. Para ello, alega el principio de participación ciudadana en general y su concreción en materia urbanística, e invoca los artículos 9.2 de la Constitución, 8 de la Ley vasca 2/2006, de 30 de junio, de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 2 de octubre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Eugenio Ángel Esteras Iguácel)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AR 1403/2014
Temas Clave: Asignación de derechos de emisión; Emisión de contaminantes a la atmósfera; Fiscalidad ambiental
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación Española de la Industria Eléctrica (UNESA) contra la Orden del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo de la Diputación General de Aragón de 12 de mayo de 2006 por la que se dictan las disposiciones necesarias para la aplicación, durante el primer periodo impositivo, de los impuestos medioambientales creados por la Ley 13/2005, de 30 de diciembre, de Aragón. Es parte demandada la Diputación General de Aragón.
Son varios los motivos de nulidad aducidos por la recurrente al objeto de sustentar sus pretensiones, incluyendo el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad contra la propia Ley 13/2005, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios de la Comunidad Autónoma de Aragón. Pero, a lo que a efectos del presente análisis importa,
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