Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 953/2015 – ECLI:ES:TS:2015:953
Temas Clave: Residuos; Planes de Gestión de Residuos; Valorización; Eliminación; Autorización Ambiental Integrada
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Comunidad Autónoma de Castilla y León y una entidad mercantil contra la Sentencia dictada el 21 de septiembre de 2012 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos. Dicha Sentencia estimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León contra la Resolución de 2 de diciembre de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, por la que, modificando la Orden de la misma Consejería de 24 de noviembre de 2009, se concedía autorización ambiental a una sociedad mercantil, cuyo objeto era la ampliación de residuos objeto de gestión, así como cambios estructurales de distinta
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 6 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan Carlos Zapata Híjar)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AR 271/2015 – ECLI:ES:TSJAR:2015:271
Temas Clave: Autorización ambiental integrada; Contaminación acústica; Ruidos
Resumen:
La Sala analiza el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo contencioso administrativo nº 5 de Zaragoza de 23 de mayo de 2012, a través de la cual se anulaban dos condicionantes de la Autorización Ambiental Integrada (en adelante, AAI) otorgada por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (en adelante, INAGA) a un proyecto de ampliación de industria cárnica. Es parte apelante el Gobierno de Aragón.
En lo que a efectos de este comentario interesa, uno de los condicionantes de la AAI anulados por la sentencia de instancia, concernía a la imposición en la autorización de adoptar medidas para que el ruido exterior de las instalaciones no superase la Ordenanza aplicable en el municipio, obligando a la empresa autorizada a realizar, mediante un Organismo de Control Autorizado, una medida de ruido a los seis meses a contar desde la puesta en
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 27 de febrero de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Miguel Ángel Narváez Bermejo)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CLM 617/2015 – ECLI:ES:TSJCLM:2015:617
Temas Clave: Declaración de impacto ambiental; Desarrollo sostenible; Espacios naturales protegidos; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Red natura; Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación WWF-ADENA, contra la Resolución de fecha 3 de noviembre de 2010 de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se aprueba el Estudio Informativo de la Conexión en Alta Capacidad de Toledo y Ciudad Real por la Autovía de los Viñedos, por sí, y en cuanto da efectos externos a la Resolución de la Dirección general de Evaluación Ambiental contenida en la Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA) de 11 de octubre de 2010 (modificada por corrección de errores de 16 de junio de 2011).
En concreto, la primera de las resoluciones recurridas aprobaba el Estudio Informativo, considerando como más favorable, para el trayecto de la vía de Alta Capacidad
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 4 de marzo de 2015, asunto C-534/13, Ministero dell’Ambiente e della Tutela del Territorio e del Mare
Autor: J. José Pernas García, Profesor Titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-534/13
Palabras clave: procedimiento prejudicial; artículo 191 TFUE, apartado 2; Directiva 2004/35/CE; responsabilidad medioambiental; normativa nacional que no prevé que la Administración pueda obligar a los propietarios de los terrenos contaminados que no hayan contribuido a esa contaminación a ejecutar medidas preventivas y reparadoras y establece únicamente la obligación de reembolso de las actuaciones realizadas por la Administración; compatibilidad con los principios de quien contamina paga, de cautela, de acción preventiva y de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los principios del Derecho de la Unión en materia medioambiental, en particular, los de quien contamina paga, de cautela, de acción preventiva y de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma, tal como se establecen en el artículo 191 TFUE, apartado 2, y en los considerandos 13 y
Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 931/2015 – ECLI:ES:TS:2015:931
Temas Clave: Disponibilidad de recursos hídricos; Desarrollo sostenible; Ciudad compacta
Resumen: El macroproyecto urbanístico denominado “Merinos Norte” se estaba ejecutando en una finca de 800 hectáreas, situada en la Sierra de Ronda, proyecto que prevé la construcción de 780 viviendas unifamiliares, (442 villas en parcelas de 7.000 m2 de promedio, y 341 viviendas unifamiliares agrupadas en cuatro pueblos serranos), dos campos de golf de 18 hoyos, instalaciones hoteleras y de restauración y clubes hípico, de tenis y de paddle. Esta finca está alejada 12 kilómetros del núcleo urbano de Ronda, con un innegable valor ambiental, al estar situada en plena serranía de Ronda y muy próxima a la Sierra de las Nieves, que tiene la consideración de reserva de la biosfera.
Precisamente por este valor ambiental estaba incluida en el Plan Especial del Medio Físico, y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos, de la provincia de Málaga, aprobado en el año 1987, y considerada como “complejo serrano de interés ambiental” si
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