Sentencia de la 2ª Sala del Tribunal Constitucional de Portugal nº 84/2017, de 7 de abril de 2017 (Ponente: Fernando Ventura)
Autora: Amparo Sereno. Profesora de Derecho Ambiental de la Universidad Autónoma de Lisboa (UAL)
Fuente: “Diário da República, 2.ª série — N.º 70 — 7 de abril de 2017”
Temas Clave: expropiación, “Red Agrícola Nacional” (RAN), “Red Ecológica Nacional” (REN)
Resumen:
Mediante esta Sentencia, el Tribunal Constitucional (TC) portugués declara la constitucionalidad de los artículos 25º, n.º 2, 26º, n.º 12, y 27º del Código de las Expropiaciones, aprobado por la Ley n.º 168/99, de 18 de septiembre. Según el TC, el valor de la indemnización debida por la expropiación de terreno integrado en la “Red Agrícola Nacional” (RAN) y en la “Red Ecológica Nacional” (REN), con idoneidad para edificar (de acuerdo con los requisitos de n.º 2 del artículo 25º), debe ser calculado en conformidad con los criterios definidos en el artículo 27º, y no según el criterio previsto en el n.º 12 del artículo 26.º, todos ellos del referido Código. Por consiguiente, los referidos preceptos no violan el principio de justa indemnización por la expropiación, específicamente en lo que se refiere al principio de igualdad (artículos
Sentencia R-109-2016 del Tribunal Ambiental de Santiago, de 22 de mayo de 2017
Autores: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental, y Macarena Meléndez, Ayudante del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile[1]
Fuente: STAS Rol N° R-109-2016, Sentencia de 22 de mayo de 2017
Temas clave: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; Participación Ciudadana; Solicitud de invalidación; Sistema especial de recursos en contra de la Resolución de Calificación Ambiental
Resumen:
En sentencia reciente, dictada por el Tribunal Ambiental de Santiago (TAS), se resolvió reclamación del artículo 17 N°8 de la Ley 20.600[2], presentada por observantes de la Participación Ambiental Ciudadana (PAC) y por terceros que no participaron de la misma, en contra de la Resolución Exenta Nº 007/2016 y Resolución Exenta Nº 286/2016, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Estas últimas habían declararon inadmisible la solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), que aprobó ambientalmente el Proyecto “Línea de Transmisión Tolpan Mulchén”, que consiste en la construcción de una línea de alta tensión de 32.976 metros de longitud, destinada a inyectar de energía al Sistema Interconectado Central
Sentencia del Tribunal de Justicia de 1 de junio de 2017 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2004/35, de responsabilidad medioambiental, relativa a su aplicación temporal (art. 17), al concepto de “daño medioambiental” (art. 2) y al acceso a la justicia (art. 12.1)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), Asunto C‑529/15, ECLI:EU:C:2017:419
Temas Clave: responsabilidad medioambiental; daño medioambiental; autorización de funcionamiento; legitimación activa
Resumen:
La Sentencia responde al pronunciamiento prejudicial solicitado por un Tribunal de lo contencioso-administrativo de Austria en el marco del recurso interpuesto por el titular de una concesión de pesca en el Río Mürz frente a la desestimación en vía administrativa de la reclamación de incoación de procedimiento de responsabilidad por los daños medioambientales provocados por una central hidroeléctrica autorizada según la normativa estatal de aguas antes de aprobarse la Directiva 2004/35, fundamentada en la disposición de dicha autorización. El recurrente alegaba la elevada mortalidad de peces provocada por dicha central eléctrica.
El Tribunal austríaco planteó varias cuestiones relacionadas con la aplicación de la citada Directiva al caso, esto es, si resultaba aplicable la misma dado que la citada instalación
Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de mayo de 2017 (Sala Tercera, Sección 4, Ponente: María del Pilar Teso Gamella)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2059/2017-ECLI:ES:TS:2017:2059
Temas Clave: Régimen Retributivo; Energías renovables; Cogeneración; Responsabilidad patrimonial de la administración
Resumen:
Se analiza por el Tribunal Supremo el recurso administrativo interpuesto por una mercantil contra la denegación presunta del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de la petición de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por los daños causados respecto de una planta de producción de energía eléctrica por cogeneración, tras la aprobación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, y de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Es bien sabido que estas dos normas (antes lo había hecho el Real Decreto-Ley 9/2013, de 12 de julio), han supuesto un cambio en el régimen retributivo
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 3 de abril de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Luis Gallego Otero)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AS 923/2017 – ECLI:ES:TSJAS:2017:923
Temas Clave: Caza; Especies amenazadas; Fauna; Ganadería; Lobos; Medio rural; Protección de especies
Resumen:
Con fecha de 25 de marzo de 2015, por la Consejería de Agroganadería y Recursos Naturales del Principado de Asturias, se aprobó el Decreto 23/2015 a través del cual se adoptaba el II Plan de Gestión del Lobo del Principado de Asturias.
Este Plan, tiene como finalidad la conservación del lobo en el ámbito regional, manteniendo un nivel poblacional adecuado en el marco de la preservación de la población noroccidental ibérica de lobos en un estado de conservación favorable, compatible con el desarrollo de las explotaciones agrarias, de modo que la especie pueda llegar a ser un elemento al servicio del desarrollo rural y aceptada por la sociedad en su conjunto.
Tal y como consta en el propio Plan, el lobo al norte del Duero está incluido en el anexo III (especies de fauna protegida) del Convenio de Berna,
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