Resumen:
El TJCE declara en esta sentencia que Irlanda ha incumplido las obligaciones de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, al no haber adoptado todas las disposiciones necesarias para garantizar que, antes de concederse la autorización, aquellos proyectos que puedan tener repercusiones significativas sobre el medio ambiente y que estén comprendidos en las categorías de proyectos a las que se refiere el Anexo II, parte 1, letras a), b), c) y f) de esta misma Directiva se sometan a un procedimiento de autorización y a una evaluación de sus repercusiones en esta materia, de conformidad con los artículos 5 a 10 de la referida Directiva.
Temas clave: Incumplimiento de Estado; Directiva 2000/59/CE; instalaciones portuarias receptoras de desechos generados por buques y residuos de carga; no establecimiento ni aplicación de los planes de recepción y manipulación de residuos respecto a todos los puertos.
Resumen:
El Tribunal declara que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 5, apartado 1, y 16, apartado 1, de la Directiva 2000/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, sobre las instalaciones portuarias receptoras de derechos generados por buques y residuos de carga, al no haber establecido ni aplicado los planes de recepción y manipulación de residuos, con respecto a todos los puertos italianos.