Fuente: Europapress Última consulta: 9 de abril de 2010.
El pasado 6 de abril, el presidente del Gobierno presentó la Estrategia y el Plan de Acción para impulsar el vehículo eléctrico en España, dotado con un presupuesto de 590 millones de euros para los próximos dos años, y consistente en quince medidas, en los campos de fomento de la demanda, industrialización e I+D+i, desarrollo de infraestructuras de recarga y promoción.
Zapatero, flanqueado por la vicepresidenta económica, Elena Salgado, y los ministros de Industria y de Ciencia e Innovación, Miguel Sebastián y Cristina Garmendia, respectivamente, detalló que el plan incluirá subvenciones de hasta 6.000 euros para la adquisición de vehículos eléctricos.
En el ámbito de la comercialización, el programa fija como objetivo alcanzar unas ventas de este tipo de automóviles de 20.000 unidades en 2011 y de 50.000 unidades en 2012, correspondientes en su mayoría a flotas de empresas y servicios.
El jefe del Ejecutivo subrayó que el desarrollo del coche eléctrico representa una oportunidad “que no se puede dejar pasar”. “Proyectos
Fuente: Presidencia Última Consulta: 19/03/2010
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la normativa vigente que regula la alimentación de aves rapaces necrófagas con subproductos animales, no destinados a consumo humano, con determinados materiales de la categoría 1: cadáveres de bovino, caprino y ovino que contienen material especificado de riesgo.
La Unión Europea había establecido una serie de disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles, y señaló que aquellos Estados miembros que pudieran demostrar, con arreglo a determinados criterios, la mejora de su situación epidemiológica, mediante la presentación de un análisis de riesgo global, podrían solicitar una revisión de sus programas anuales de seguimiento de la Encefalopatía Esponfigorme Bovina (EEB).
En base a esta normativa, España envió su solicitud para la revisión de dicho programa el 9 de septiembre de 2008, en el que se ponía de manifiesto que la situación epidemiológica había mejorado notablemente, como así corroboraron expertos de la Comisión y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. De esta forma, la Comisión Europea autorizó a España a que revisara el programa anual de
Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican determinados aspectos de la regulación de los almacenamientos de productos químicos y se aprueba la instrucción técnica complementaria MIE APQ-9 “Almacenamiento de Peróxidos Orgánicos” (BOE nº 67, de 18 de marzo de 2010)
El Real Decreto 105/2010 introduce modificaciones en diversos preceptos del Real Decreto 379/2001 , de 6 de abril, del Reglamento de almacenamiento de productos químicos y de las instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7, que se llevan a cabo con el propósito de excluir del ámbito de aplicación de la normativa o de la exigencia de proyecto, a las pequeñas instalaciones de almacenamiento de sólidos fácilmente inflamables, además de perfeccionar la redacción de varios artículos de las citadas instrucciones.
De igual manera, la norma de 2010 añade la instrucción técnica complementaria MIE APQ-9 “Almacenamiento de peróxidos orgánicos” al Real Decreto 379/2001 , de 6 de abril para establecer prescripciones técnicas a las que habrán de ajustarse las instalaciones de almacenamiento de peróxidos orgánicos en orden a la seguridad de las personas, los bienes y el medio
Ley 1/2010, de 11 de marzo, de Regulación de la tasa para la concesión de la etiqueta ecológica en Castilla-La Mancha (DOCM Nº 54, de 18 de marzo de 2010)
La Ley 1/2010 desarrolla en el Ordenamiento autonómico castellano-manchego las previsiones comunitarias relativas al cánon por concesión de la Etiqueta ecológica de la Unión Europea, regulada por el Reglamento (CE) n.º 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009.
De acuerdo con la Ley, constituye el hecho imponible de esta tasa la tramitación de la solicitud de concesión de la etiqueta ecológica para los productos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento 66/2010 , del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea o la norma que lo sustituya.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que soliciten la realización de las actividades que constituyen su hecho imponible. Los partícipes o cotitulares de las entidades a
Orden de 24 de febrero de 2010 por la que se regula la aplicación, en la Comunidad Autónoma de Galicia, del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios aprobado por el Real decreto 1027/2007, de 20 de julio (DOG de 18 de marzo de 2010)
La Orden de 24 de febrero de 2010 desarrolla lo establecido en el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, definiendo el procedimiento al que queda sometido la inscripción de las instalaciones térmicas que se encuentran dentro del radio de alcance de su ámbito de aplicación, el régimen jurídico al que deberán adecuarse las operaciones de reforma y mantenimiento que se acometan en estas instalaciones y el procedimiento de inspección que tenga por objeto la comprobación del cumplimiento de las exigencias definidas por el RITE.
Desde un punto de vista subjetivo, las obligaciones de la norma de 2010 alcanzan a las instalaciones fijas de climatización y de producción de agua caliente sanitaria destinadas a atender las demandas de bienestar e higiene de las personas en edificios de nueva construcción o en las reformas de las mismas instalaciones en edificios existentes, situadas dentro de la Comunidad Autónoma de Galicia.
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