Se aprueba el nuevo Programa de Actuación en las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOLR núm. 57, de 29 de abril
Temas Clave: Agricultura; Calidad del agua; Contaminación por nitratos
Resumen:
Se ha aprobado el Decreto 10/2015, de 24 de abril, por el que se aprueba el nuevo Plan de Actuación en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de La Rioja, y que atiende a las diversos cambios operados en este instrumento, optando por un nuevo texto a los efectos derivados del Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, que traspuso al ordenamiento español la Directiva 676/91 del Consejo, de 12 de diciembre.
Este Programa de Actuación, que se encuentra en el Anexo I del Decreto aprobado, debe ser revisado, como mínimo, cada cuatro años. Asimismo, la Consejería con competencias en materia de Agricultura elaborará un plan de controles anuales a fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en este instrumento y evaluar su eficacia.
Documento adjunto:
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 26 de febrero de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Héctor García Morago)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 812/2015 – ECLI:ES:TSJCAT:2015:812
Temas Clave: Autorización ambiental; Espacios naturales protegidos; Red natura; Zona de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra una Resolución de 26 de noviembre de 2010 del Conseller de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat de Catalunya, a través de la cual se concede una autorización ambiental de adecuación para la actividad de extracción de roca calcárea. Dicha actividad extractiva se desarrolla en un ámbito de la Red Natura 2000, en una ZEPA afectada por el Decreto 282/1994, de 29 de septiembre.
En concreto, la mercantil recurrente interesa del Tribunal la anulación de una de las condiciones de la autorización ambiental, la cual prohíbe en la ejecución de las tareas de extracción de roca la utilización de explosivos entre el 1 de diciembre y el 30 de junio, con el fin de proteger la avifauna. Según consta en la propia sentencia comentada, la razón de esta
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 25 de febrero de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Héctor García Morago)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 849/2015 – ECLI:ES:TSJCAT:2015:849
Temas Clave: Evaluación ambiental estratégica; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo de 23 de diciembre de 2009 de la Comissió Territorial D´Urbanisme D´Era Val D´Aran, a través del cual se aprueba definitivamente la modificación de las normas urbanísticas de las Normas Subsidiarias y Complementarias en el ámbito de la Unidad de Actuación UA-2 Ruda, en el término municipal de Naut Aran.
Los recurrentes, una comunidad de propietarios del ámbito objeto de la modificación, sustenta su recurso en varios motivos analizados por la Sala siendo la mayoría rechazados motivadamente.
No obstante, la Sala fija su atención ampliamente en uno de los motivos de impugnación, en concreto, el hecho de que la modificación urbanística objeto del recurso no fuera sometida a evaluación ambiental estratégica. En este sentido, si bien la modificación únicamente concernía a cuestiones edificatorias que hacían innecesario su examen ambiental en aplicación de la
Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 81, de 29 de abril de 2015
Temas clave: Actividades clasificadas; Autorización ambiental; Autorización ambiental integrada; Autorizaciones y licencias; Calidad del aire; Contaminación acústica; Contaminación atmosférica; Contaminación de suelos; Contaminación lumínica; Declaración de impacto ambiental; Ecoetiquetado; Evaluación ambiental; Evaluación ambiental estratégica; Evaluación de impacto ambiental (EIA); Evaluaciones ambientales; Licencia ambiental; Paisaje; Prevención ambiental; Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP); Suelos
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto establecer el marco normativo para el desarrollo de la política medioambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su integración en el resto de políticas autonómicas, implementando mecanismos de intervención ambiental que contribuyan a obtener un alto nivel de protección del medio ambiente y de la salud de las personas, según se declara en el artículo 1 de la norma.
Aunque gran parte de la materia objeto de regulación en esta norma lo estaba en la reciente Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la promulgación de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 10 de febrero de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Héctor García Morago)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 3030/2015 – ECLI:ES:TSJCAT:2015:3030
Temas Clave: Ayuntamientos; Caza; Competencias
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Catalana de Caza, contra el Decreto de 26 de julio de 2011 del alcalde de Santa Perpètua de Mogoda, a través del cual se prohibía la práctica de la halconería y la exhibición de cualquier ave de rapiña cautiva durante los meses de agosto a octubre en una zona del municipio, en tanto en cuanto no fuera aprobado el Plan Especial del “Parc de L´Espai de Gallecs”. Todo ello con la finalidad de proteger a la especie denominada “corriol de pit roig”.
Pues bien, dicha Federación aduce en su recurso, pretendiendo la anulación de dicho Decreto, el vicio de incompetencia por cuanto la regulación municipal estaba dirigida a impedir una determinada modalidad de caza al margen de la competencia que en materia de caza tiene reconocida la Generalitat de Catalunya, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 119
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