Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOA núm. 22, de 3 de febrero de 2016
A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por esta ley en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en materia jurídico ambiental:
-Modificación de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón:
Se efectúan diversos cambios en esta norma, como la ampliación de los ámbitos de afección del impuesto sobre la contaminación de las aguas, el cual incluye a partir de este momento, el abastecimiento de agua -artículo 80-.
Asimismo, se recupera el régimen de bonificaciones de este impuesto a las entidades de población que no dispongan de instalaciones de tratamiento. Finalmente, se adiciona una disposición transitoria nueva, la cual establece bonificaciones a aquellos municipios que hayan costeado su depuradora.
Al margen de este impuesto, se modifica también la Ley 10/2014, a fin de incluir entre las competencias del Instituto Aragonés del Agua el control de vertidos y la clasificación de presas, embalses y balsas previa inscripción
Decreto Ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística y Decreto Ley 2/2016, de 22 de enero, de modificación del Decreto Ley 1/2016, de 12 de enero, de las Illes Balears
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 6 y 11, de 13 y 23 de enero de 2016
Temas clave: Clasificación de suelos; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; suelos; Turismo sostenible; Urbanismo
Resumen:
A través del Decreto Ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística, se modifican las siguientes leyes:
-Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.
-Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.
-Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares.
-Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible.
-Ley 6/1999, de 3 de abril, de directrices de ordenación territorial y de medidas tributarias.
-Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Islas Baleares.
Estas modificaciones tienen como objeto, con carácter general, poner a coto a los excesos cometidos a través de los procedimientos de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 9 de diciembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Juan Francisco López de Hontanar Sánchez)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 13784/2015 – ECLI:ES:TSJM:2015:13784
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Clasificación de suelos; Espacios naturales protegidos; Red Natura; Zona de especial conservación (ZEC)
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una asociación contra una Resolución del Director General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, por la cual se deniega la calificación urbanística solicitada para la legalización de una serie de instalaciones y la construcción de una sala lúdico-deportiva y multiusos ubicada en un Centro de educación ambiental y desarrollo humano, situado en un municipio de la Comunidad de Madrid.
En concreto, dicha calificación urbanística era para unas parcelas ubicadas en suelo no urbanizable de protección, las cuales, además, se encontraban encuadradas en una Zona de Especial Protección (ZEC) y, por ende, integradas en la Red Natura 2000.
Finalmente, la Sala desestima el recurso, argumentando que ni el Plan de Gestión de la ZEC, ni el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 19 de noviembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan José Carbonero Redondo)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AR 1738/2015 – ECLI:ES:TSJAR:2015:1738
Temas Clave: Antenas de telefonía; Autorizaciones y licencias; Competencias; Contaminación electromagnética; Telecomunicaciones
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una empresa de telecomunicaciones contra determinados apartados de la Ordenanza municipal reguladora de la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas, aprobada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Huesca de 5 de agosto de 2013.
En concreto, los apartados impugnados aluden, por un lado, a la aplicación en la instalación de las infraestructuras radioléctricas de telecomunicación de niveles de emisión inferiores a los establecidos en la legislación estatal, fijados por la Ordenanza a modo indicativo de conformidad con las recomendaciones recogidas en una resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. Por otro lado, se establecen restricciones a la ubicación de estas infraestructuras en las inmediaciones de escuelas, hospitales, parques públicos, residencias, institutos, etc.
Si bien dichos apartados de la Ordenanza impugnada recogen dichas prescripciones a modo indicativo, lo cierto es
Se aprueba la designación de una nueva Zona Especial de Conservación en el País Vasco
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPV núm. 14, de 22 de enero de 2016
Temas Clave: Lugares de importancia comunitaria (LIC); Zonas de especial conservación (ZEC); Zona de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
A través del Decreto 230/2015, de 15 de diciembre, se ha designado una nueva Zona de Especial Conservación en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en concreto la denominada “Arkamo-Gibijo-Arrastaria”.
Asimismo, el Decreto incluye la aprobación de sus medidas de conservación, así como las de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Sierra Salvada”.
Documento adjunto:
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