Real Decreto 218/2022, de 29 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se regula el informe de compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias marinas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 88, de 13 de abril
Palabras clave: Costas. Actividades económicas. Instalaciones deportivas. Playas. Señales marítimas. Minería submarina. Biodiversidad. Servicios funerarios. Declaración responsable.
Resumen:
El Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, señala que el informe de compatibilidad analizará y se pronunciará sobre los posibles efectos ambientales de la actuación sobre los objetivos ambientales establecidos en su anexo II para cada demarcación marina. Los objetivos ambientales a los que se refiere son los correspondientes al primer ciclo de la tramitación de las estrategias marinas. Los objetivos ambientales del segundo ciclo se han publicado mediante Resolución de 11 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Por tanto, la principal finalidad de este real decreto es actualizar el anexo II del Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, a los objetivos ambientales de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 2 de marzo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Álvaro Domínguez Calvo)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 3111/2022 – ECLI:ES: TSJM:2022:3111
Palabras clave: Zona de Protección Acústica Especial. Ruido. Contaminación acústica. Distancias. Actividades. Trámite de audiencia. Información pública.
Resumen:
Una mercantil impugna el artículo 21 de la revisión de la Declaración de Zona de Protección Acústica Especial correspondiente al Distrito de Centro, así como el Plan Zonal Específico de la misma, aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 30 de abril de 2019.
La citada normativa se enmarca dentro de las previsiones establecidas en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y de la Ordenanza para la Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 25 de febrero de 2011, estableciéndose la declaración de Zonas de Protección Acústica Especial (en adelante, ZPAE) como aquellas áreas acústicas en las que se incumplan los objetivos de calidad acústica.
El mencionado art.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 24 de febrero de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: María Soledad Gamo Serrano)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 1933/2022 – ECLI:ES:TSJM:2022:1933
Palabras clave: Procedimiento sancionador. Arbolado urbano. Tala. Encinas. Pinos. Licencia de obras. Autorización administrativa. Culpabilidad.
Resumen:
Es objeto del presente recurso de apelación la Sentencia dictada el 9 de diciembre de 2020 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Madrid en los autos de procedimiento ordinario 2/2020, en los que se venía a impugnar el acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Alcobendas de fecha 28 de noviembre de 2019, por el que se impone a un particular la sanción de 250.000 euros, como autor responsable de una infracción muy grave tipificada en el artículo 11.2.1.a) de la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de Madrid, por reputar acreditado en el expediente que el recurrente había llevado a cabo una tala no autorizada de sesenta y siete encinas de diversos tamaños de entre 10 y 30 cm de
Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 78, de 1 de abril
Palabras Clave: Residuos. Garantías financieras. Gestión de residuos. Responsabilidades. Instrumentos financieros. Paneles fotovoltaicos.
Resumen:
La disposición final tercera de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados -derogada por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (BOE núm. 85, de 9 de abril)- contenía la habilitación de desarrollo a favor del Gobierno, al que se le facultaba para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo relativo a las garantías financieras que les son exigidas a productores, gestores, transportistas, instalaciones, sistemas de responsabilidad ampliada de los productores, y a otros sujetos que intervienen en algunas de las actividades de la gestión de residuos.
Si bien las garantías financieras destinadas a cubrir los daños medioambientales a través de la consiguiente restauración ambiental, se ajustaban a las previsiones de la Ley 26/2007, de 23 de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 7 de febrero de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 10, Ponente: Paloma Santiago Antuña)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 1750/2022 – ECLI:ES:TSJM:2022:1750
Palabras clave: Responsabilidad patrimonial. Montes de utilidad Pública. Aprovechamientos forestales. Proyecto de Ordenación Forestal. Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. Plan de Ordenación de Recursos Naturales.
Resumen:
Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración presentada por la Comunidad de Ciudad y Tierra de Segovia frente a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, solicitando el reconocimiento del derecho a ser indemnizada por los perjuicios correspondientes a los ingresos dejados de percibir por aprovechamientos maderables de los Montes de Utilidad Pública n° 111 “Cabeza de Hierro-La Cinta” y n° 113 “Peñalara-La Cinta”, en el periodo del decenio 2009-2018 (ambos inclusive), en la superficie de dichos montes comprendida dentro de la Comunidad de Madrid, de acuerdo a las previsiones y bases del Proyecto de Ordenación Forestal fechado en
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