Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 29 de marzo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ramón Sastre Legido)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 1299/2022 – ECLI:ES: TSJCL:2022:1299
Palabras clave: Urbanismo. Ordenación territorial. Plan General de Ordenación Urbana. Suelo rústico. Paisaje.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil e “Lingotes Especiales, S.A” contra la Orden FYM/468/2020, de 3 de junio, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León por la que se aprueba definitivamente de forma parcial la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (RPGOU) de Valladolid.
Las parcelas litigiosas están clasificadas en la RPGOU como suelo rústico, teniendo la parcela 117 la categoría de “rústico común” y la parcela 137 la categoría de “rústico con protección especial”.
Con carácter previo, la Sala trae a colación la normativa sobre ordenación del territorio y urbanística que resulta aplicable al caso enjuiciado. Al efecto, remarca que en el art. 12 de las “Directrices de ordenación de ámbito subregional” se hace referencia
Decreto-Ley Foral 1/2022, de 13 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en la Comunidad Foral de Navarra en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BON n. 78, de 23 de abril de 2022
Palabras clave: Energías renovables. Procedimientos. Simplificación. Declaración de utilidad pública. Repotenciación.
Resumen:
En el contexto de las necesidades generadas por las consecuencias de la invasión de Ucrania, que han puesto de manifiesto la dependencia existente en determinadas áreas estratégicas, y a la luz de la respuesta ofrecida a esa situación por el Gobierno de España, entre otras, a través del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo; la Comunidad Foral de Navarra considera oportuno adoptar medidas urgentes y extraordinarias, alineadas con las aprobadas en el ámbito estatal, que simplifiquen y agilicen los procedimientos para la instalación de determinadas instalaciones de energías renovables.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, será de aplicación directa en la Comunidad Foral de Navarra, dentro del ámbito de sus competencias, el procedimiento
Sentencia del Tribunal Supremo, de 27 de abril de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Fernando Román García)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 1754/2022 – ECLI:ES:TS:2022:1754
Palabras clave: Planificación territorial. Urbanismo. Estudio económico financiero. Informe de sostenibilidad económica. Informes de impacto de género, familia e infancia y adolescencia. Evaluación ambiental estratégica. Alternativas. Retroacción de actuaciones.
Resumen:
El Alto Tribunal se pronuncia sobre el recurso de casación formulado por la Generalitat Valenciana contra la sentencia nº 46/2021, de 11 de febrero, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil TORREVIÑAS, S.L frente al Decreto 58/2018, de 4 de mayo, del Consell, por el que se prueba el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral de la Comunitat Valenciana (PATIVEL), y el Catálogo de Playas de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 8293, de 11 de mayo de 2018), declarándolo nulo por ser contrario a derecho.
La sentencia de instancia acogió el recurso planteado por la mercantil
Real Decreto 218/2022, de 29 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se regula el informe de compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias marinas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 88, de 13 de abril
Palabras clave: Costas. Actividades económicas. Instalaciones deportivas. Playas. Señales marítimas. Minería submarina. Biodiversidad. Servicios funerarios. Declaración responsable.
Resumen:
El Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, señala que el informe de compatibilidad analizará y se pronunciará sobre los posibles efectos ambientales de la actuación sobre los objetivos ambientales establecidos en su anexo II para cada demarcación marina. Los objetivos ambientales a los que se refiere son los correspondientes al primer ciclo de la tramitación de las estrategias marinas. Los objetivos ambientales del segundo ciclo se han publicado mediante Resolución de 11 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Por tanto, la principal finalidad de este real decreto es actualizar el anexo II del Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, a los objetivos ambientales de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 2 de marzo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Álvaro Domínguez Calvo)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 3111/2022 – ECLI:ES: TSJM:2022:3111
Palabras clave: Zona de Protección Acústica Especial. Ruido. Contaminación acústica. Distancias. Actividades. Trámite de audiencia. Información pública.
Resumen:
Una mercantil impugna el artículo 21 de la revisión de la Declaración de Zona de Protección Acústica Especial correspondiente al Distrito de Centro, así como el Plan Zonal Específico de la misma, aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 30 de abril de 2019.
La citada normativa se enmarca dentro de las previsiones establecidas en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y de la Ordenanza para la Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 25 de febrero de 2011, estableciéndose la declaración de Zonas de Protección Acústica Especial (en adelante, ZPAE) como aquellas áreas acústicas en las que se incumplan los objetivos de calidad acústica.
El mencionado art.
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