Colección de monedas “Animales en peligro de extinción”
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden ETD/618/2022, de 28 de junio, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección «Animales en peligro de extinción». (BOE n. 149, de 4 de julio de 2022)
Palabras clave: Fauna. Monedas conmemorativas.
Resumen:
En relación con las monedas conmemorativas y de colección, se acuerda, para el año 2022, la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección «Animales en peligro de extinción».
Se destacan los motivos de las dieciseis piezas. Así, en los anversos, en una zona circular central, se reproducen en colores imágenes del lémur de cola anillada (Lemur catta); de un oso pardo cantábrico (Ursus arctos arctos); del lagarto gigante de La Gomera (Gallotia bravoana); de una foca monje (Neomonachus schauinslandi); de unos gorilas (Gorilla gorilla); del visón europeo (Mustela lutreola); del tigre de Bengala (Panthera tigris tigris); del rinoceronte de Java (Rhinoceros sondaicus); de unos orangutanes (Pongo pygmaeus); del okapi (Okapia johnstoni); de una nutria gigante (Pteronura brasiliensis); del lince ibérico (Lynx pardinus); de
Sentencia del Tribunal Supremo, de 8 de junio de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Wenceslao Francisco Olea Godoy)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STS 2264/2022 – ECLI:ES:TS: 2022:2264
Palabras clave: Ejecución de sentencias. Derechos de emisión. Devolución en especie o mediante equivalente. Transmisión de derechos de emisión.
Resumen:
En este caso concreto, el Alto Tribunal examina el recurso de casación formulado por una mercantil contra el auto de 16 de noviembre de 2020, dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, que denegó la declaración de imposibilidad de ejecución en sus propios términos de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo 37/2016, que había sido promovido por la mencionada mercantil contra la resolución de la Secretaria de Estado Medio de Ambiente, de fecha 14 de Mayo de 2015, ordenando la devolución de 78.549 derechos de emisión de gases de efectos invernadero correspondientes a la anualidad 2013, que le fueron asignados por acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de Noviembre de 2013, y transferidos el 4 de marzo de 2014 a
Real Decreto 568/2022, de 11 de julio, por el que se establece el marco general del banco de pruebas regulatorio para el fomento de la investigación y la innovación en el sector eléctrico
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 166, de 12 de julio de 2022
Palabras clave: Energía eléctrica. Investigación científica. Regulación. Comisiones de Control y Seguimiento. Programas.
Resumen:
En los últimos años ha tomado una notable relevancia la transformación de la política energética para hacer frente a los cambios que supone asumir el compromiso de aumentar la acción climática global.
En este contexto, el entorno del sistema eléctrico será necesariamente cambiante en los próximos años, de manera que para acometer estas transformaciones será necesaria la continua adaptación de la regulación del sector eléctrico. Es por ello que, para implementar los principios de la buena regulación, disponer de espacios controlados de investigación e innovación, supone una ventaja a la hora de someter a prueba potenciales mejoras regulatorias en entornos acotados, que permitan elaborar nuevas normas y actualizar las existentes, aplicando las mejores prácticas y trasladando al marco regulatorio aquellos desarrollos
Ley 14/2022, de 8 de julio, de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) en la contratación pública
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 164, de 9 de julio de 2022
Palabras clave: PYMES. Contratación pública. Información. Fiscalidad medioambiental. Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
Resumen:
Las microempresas, pequeñas y medianas empresas desempeñan un papel clave en el crecimiento y fortalecimiento de la economía española y el fomento de la competitividad. Su participación en los procedimientos de contratación pública es esencial para la actividad económica. Medir el progreso de su acceso y participación en los contratos del sector público implica una recogida de información cuantificable y un tratamiento estadístico de la misma. Ante la escasez de datos de participación de las pymes en la contratación pública, se plantea una modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre con el objetivo de hacer pública aquella información estadística referida a estas categorías de
Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 154, de 28 de junio de 2022
Palabras clave: Buques. Pesca marítima. Caladeros. Pescado. Censos. Artes de pesca.
Resumen:
El presente real decreto tiene por objeto establecer normas comunes de ordenación y gestión de la actividad de los buques censados en las modalidades de arrastre de fondo, cerco y artes menores que ejerzan su actividad pesquera en aguas exteriores de los caladeros nacionales Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz y Mediterráneo; palangre de fondo que ejerzan su actividad pesquera en aguas exteriores de los caladeros nacionales Cantábrico y Noroeste o Mediterráneo; y volanta y rasco que ejerzan su actividad pesquera en aguas exteriores del caladero nacional Cantábrico y Noroeste, a efectos de mejorar la adaptación de su capacidad extractiva al estado de los recursos pesqueros y asegurar la sostenibilidad económica, social y ambiental de la actividad pesquera.
Las zonas de pesca marítima se dividen en cuatro caladeros nacionales que pueden considerarse unidades de
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