El Gobierno de Canarias convoca consulta ciudadana sobre prospecciones de gas o petróleo
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 107/2014, de 2 de octubre, del Presidente, por el que se convoca consulta ciudadana mediante pregunta directa. (BOCAN núm. 192, de 3 de octubre de 2014) y Europa Press (Madrid, 23 de octubre)
Temas Clave: Participación ciudadana; Recursos naturales; Hidrocarburos
Resumen:
Esta consulta pone en la balanza, por un lado, el mantenimiento del actual modelo medioambiental y turístico y, por otro, su reorientación como consecuencia de los riesgos y beneficios derivados de una actividad, la relacionada con los hidrocarburos, cuyos efectos inciden directamente en los intereses generales y en determinadas competencias de la Comunidad Autónoma, solicitando que los ciudadanos opinen al respecto.
Se pondrá a disposición de la ciudadanía el formulario con la siguiente pregunta directa impresa: ¿Cree usted que Canarias debe cambiar su modelo medioambiental y turístico por las prospecciones de gas o petróleo? La respuesta, que deberá constar en dicho formulario, podrá ser: Sí o No.
El Gobierno Central entiende que las calificadas como consultas ciudadanas mediante pregunta directa “constituyen materialmente un
Establecimiento de medidas para el uso sostenible de productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto nº 208/2014, de 3 de octubre, por el que se establecen diversas medidas para el uso sostenible de productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (BORM núm. 232, de 7 de octubre)
Temas Clave: Fitosanitarios; Sanidad Vegetal; Agricultura
Resumen:
Las diversas medidas para el uso sostenible de productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia versan sobre la acreditación de la condición de asesor, de formación para la capacitación exigida para actuar como usuario profesional o vendedor, del seguimiento de aplicaciones aéreas de productos fitosanitarios y sobre la gestión del Registro Oficial de Productores y Operadores.
Queda derogada la Orden conjunta de las Consejerías de Medio Ambiente, Agricultura y Agua y de Sanidad y Política Social, de 20-05-1996, que establece en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la normativa reguladora de la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas.
Documento adjunto:
Se aprueba el Plan de Recuperación del Urogallo Cantábrico
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 52/2014, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Recuperación del Urogallo Cantábrico (Tetrao urogallus cantabricus). (BOC núm. 189, de 2 de octubre)
Temas Clave: Biodiversidad; Urogallo del cantábrico; Protección de las especies
Resumen:
En Cantabria, al igual que en el resto de la Cordillera, se ha producido una fuerte regresión
de la especie desde el año 1982 hasta nuestros días, pasando de los 13 – 21 machos en 5 áreas de canto en la década de los años ochenta a los 4 ejemplares, como mínimo, en 3 sectores, en el año 2013. La población de urogallo ha ido desapareciendo de este a oeste, quedado recluida prácticamente al entorno del Parque Nacional de los Picos de Europa.
El origen concreto de su desaparición son las causas globales, como es el cambio climático,
que pueden afectar a toda la metapoblación cantábrica, y una serie de factores locales que pudieran haber afectado a la especie como son la modificación del hábitat por ungulados silvestres, los efectos
Ley 8/2014, de 14 de octubre, por la que se modifica la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. (BOCyL núm. 200, de 17 de octubre de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Prevención ambiental; Actividades e instalaciones; Autorización ambiental; Agilización de la tramitación administrativa; Emisiones industriales; Licencia y comunicación ambiental; Evaluación de impacto ambiental
Resumen:
Con la finalidad de impulsar la actividad económica en la Comunidad de Castilla y León y, al mismo tiempo, garantizar la protección ambiental; el legislador ha considerado imprescindible revisar en profundidad esta norma para adecuar las regulaciones existentes a los avances e innovación que marcan tanto las disposiciones normativas como las técnicas más recientes y que demanda el sector empresarial, así como para conseguir la racionalización de los procedimientos administrativos.
La presente ley se estructura en un artículo único, que comprende en apartados diferenciados las modificaciones que se realizan de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León y en once disposiciones: tres adicionales, dos transitorias, una derogatoria y cinco finales.
El primer
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 7 de octubre de 2014 (Ponente: Antonio Narváez Rodríguez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Proyecto Regional; Cambio de uso forestal; Terrenos incendiados; Inconstitucionalidad mediata; Legislación básica estatal en materia de medio ambiente
Resumen:
Nos decantamos en este supuesto concreto por el adelanto del resultado final: La Sala, previa estimación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno declara inconstitucional y nula la Ley de las Cortes de Castilla y León 6/2010, de 28 de mayo, de declaración del proyecto regional del «Complejo de Ocio y Aventura Meseta-Ski». Se declaró Proyecto Regional por su singular interés para la Comunidad, estableciendo entre sus efectos la inmediata aptitud para la ejecución del proyecto y para su actividad posterior y puesta en funcionamiento al servicio de todos los ciudadanos. Asimismo, comportó la directa modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Tordesillas.
El Letrado del Estado esgrime como argumento la vulneración de lo dispuesto en los arts. 24.1, 106.1. y 149.1.23 CE, incidiendo esencialmente en la vulneración del art. 50.1 de la Ley de Montes, que prohíbe el
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