Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 30 de julio de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Matías Alonso Millán)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 3786/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:3786
Temas Clave: Minas; Sellado; Residuos; Plan de Restauración; Obligaciones
Resumen:
La Sala examina sendos recursos formulados por varios particulares -en su día expropiados- frente a la desestimación por silencio administrativo del requerimiento notarial efectuado al Ente Público Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) sobre la procedencia del cumplimiento de la obligación de sellado y restauración de una cantera hasta obtener todas las autorizaciones de las Administraciones Públicas; cese de la ocupación de terrenos; e indemnización de los daños y perjuicios que causen a sus legítimos propietarios por el mantenimiento abusivo de la ocupación sin título legitimador.
En realidad, lo que se discute es si se ha cumplido uno de los extremos del acuerdo al que llegaron las partes, cuyo contenido es el siguiente: “será responsabilidad exclusiva del Ente Público todo lo referente al sellado de la cantera cuyos terrenos son motivo de este expediente, asumiendo en
Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE núm. 243, de 10 de octubre de 2015)
Temas Clave: Energía eléctrica; Autorizaciones; Consumo; Suministro; Producción de energía
Resumen:
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en su artículo 9, define el autoconsumo como el consumo de energía eléctrica proveniente de instalaciones de generación conectadas en el interior de una red de un consumidor o a través de una línea directa de energía eléctrica asociadas a un consumidor y distingue varias modalidades de autoconsumo de energía, bien con consumo total de dicha energía, bien con existencia de excedentes de la instalación de producción que pudieran verterse a las redes.
En el presente real decreto se regulan las condiciones económicas de aplicación a las modalidades de autoconsumo definidas en los apartados a), b) y c) del artículo 9.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, determinando la aplicación tanto de
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo de los meses de septiembre y octubre de 2015, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Real Decreto 947/2015, de 16 de octubre, por el que se establece una convocatoria para el otorgamiento del régimen retributivo específico a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de biomasa en el sistema eléctrico peninsular y para instalaciones de tecnología eólica. (BOE núm. 249, de 17 de octubre de 2015)
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2015/10/17/pdfs/BOE-A-2015-11200.pdf
Asturias
–Resolución de 6 de octubre de 2015, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se convocan subvenciones destinadas a asociaciones y federaciones de caza para el fomento, mantenimiento y ordenado aprovechamiento de especies y actividades cinegéticas en el Principado de Asturias.
La Comunidad de Castilla y León aprueba los Planes Básicos de Gestión y Conservación de la Red Natura 2000
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 180, de 16 de septiembre
Temas Clave: Red Natura 2000
Resumen:
La Red Natura 2000 de Castilla y León está formada por 120 Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y 70 Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Con el fin de dar una respuesta a las previsiones del Plan Director para la Implantación y Gestión de la Red Natura 2000 en Castilla y León, se han desarrollado dos tipos de instrumentos de gestión que abordan la planificación con una perspectiva de red y actúan de forma complementaria y subsidiaria a distintas escalas: Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Espacios Protegidos Red Natura 2000, escala de lugar, que se relacionan en el Anexo I y cuyo contenido íntegro se encuentra disponible en la página Web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es/Natura2000) y los Planes Básicos de Gestión y Conservación de los Valores Red Natura 2000, escala regional, que se relacionan en el Anexo II.
Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 219, de 12 de septiembre de 2015
Temas Clave: Aguas; Contaminación; Aguas residuales; Dominio público hidráulico; Información
Resumen:
El seguimiento y evaluación del estado, así como la protección de las aguas frente a sustancias prioritarias constituyen una materia compleja y extensa que convienen integrar en un único texto normativo. Pese a esta afirmación, el legislador ha considerado que cuenta con entidad suficiente como para dar lugar a un desarrollo reglamentario nuevo que no quede incluido en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), modificado también por esta norma al igual que dos de los reglamentos de planificación hidrológica.
Proteger el estado de las aguas requiere integrar en su gestión tanto los elementos químicos como los ecológicos, de modo que el programa de medidas se diseñe y desarrolle atendiendo a la consecución del buen estado ecológico y químico. Hasta ahora ambos aspectos se regulaban a través de
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