Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 27 de octubre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Javier Oraa Gonzalez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 4856/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:4856
Temas Clave: Residuos; Autorización ambiental; Modificación de la valorización de residuos no peligrosos
Resumen:
El objeto de la pretensión formulada por la Federación “Ecologistas en acción de Castilla y León” es la declaración de nulidad, anulabilidad o contraria a derecho de la Orden FYM/948/2012, de 22 de octubre, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, por la que se concedió autorización ambiental a la empresa “CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A.” para llevar a cabo la modificación relativa a la valorización de residuos no peligrosos (más de 100 toneladas/día) en la instalación de fabricación de clinker y cemento y cantera de caliza ubicada en el término municipal de Venta de Baños.
En primer lugar, la Sala se pronuncia sobre las irregularidades de procedimiento denunciadas por la recurrente. No acoge su argumentación al entender que se han observado los trámites de
Sentencia de la Audiencia Nacional, de 10 de noviembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan Pedro Quintana Carretero)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 4167/2015 – ECLI:ES:AN:2015:4167
Temas Clave: Dominio público marítimo-terrestre; Residuos; Punto limpio; Astillero
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación para la defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA) contra la resolución de fecha 27 de enero de 2005, dictada por el Director General de Costas, por la que se otorga a Astilleros de Santander, S.A. autorización para la realización en terrenos de dominio público marítimo-terrestre (DPMT) de las obras contempladas en el “Proyecto de Ejecución y actividad de un punto limpio”, en el término municipal de Astillero (Cantabria).
En realidad, se trata de la instalación de un centro de tratamiento de residuos oleosos y transferencia de residuos nocivos líquidos, cuya capacidad es superior a las necesidades de un astillero; por lo que la Administración permite, a través de la resolución recurrida, que los residuos puedan proceder tanto del astillero como de otras industrias.
La demandante alega, en
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2015 (Sala de lo Penal, Sección 1, Ponente: Antonio del Moral García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 4342/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4342
Temas Clave: Delito contra los recursos naturales y el medio ambiente; Peligro para la salud; Funcionamiento clandestino de la actividad; Residuos; Aparatos eléctricos
Resumen:
La presente resolución judicial deviene del recurso de casación interpuesto por las defensas de los respectivos acusados contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid de 4 de diciembre de 2014 sobre comisión de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente en relación con el desarrollo de actividades de residuos de aparatos frigoríficos; que fue objeto de comentario en esta publicación: https://www.actualidadjuridicaambiental.com/jurisprudencia-al-dia-audiencia-provincial-de-madrid-residuos-frigorificos/
Entonces, ya pusimos de relieve la gravedad de los hechos cometidos y, prueba de ello, fue el elevado grado de las penas a los que los acusados fueron condenados. Ahora, simplemente nos vamos a ceñir a los motivos del recurso que consideramos más directamente relacionados con la materia jurídico-ambiental.
-PRIMERO: Una de las defensas alega la falta de una pieza clave de
Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 16, de 19 de enero de 2016
Temas Clave: Planificación hidrológica
Resumen:
La planificación hidrológica viene siendo reconocida como un instrumento esencial para la consecución de los objetivos medioambientales señalados para las masas de agua europeas. Sus objetivos se proyectan a largo plazo, lo que se traduce en sucesivas revisiones sexenales de los planes hidrológicos (en adelante, PH). Superado el primer ciclo, que comprendió el periodo 2009-2015, ciertamente cargado de litigiosidad; se lleva a cabo la aprobación de los PH del segundo ciclo, para el periodo 2015-2021. El procedimiento no es otro que el establecido en el art. 41 del Texto Refundido de la ley de aguas. En particular, este Real decreto consta de 3 artículos, 5 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 3
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de enero de 2016, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Aragón
Orden de 17 de diciembre de 2015, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de modernización de las explotaciones agrarias y de instalación de jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020. (BOA núm. 3, de 8 de enero de 2016)
Fuente: http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=888429661515
Plazo: Las solicitudes se presentarán en la forma y plazo que se establezca en la convocatoria.
Orden DRS/9/2016, de 11 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios,
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