Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 160, de 29 de diciembre de 2017
Temas Clave: Urbanismo; Planeamiento; Gestión; Disciplina urbanística; Demolición
Resumen:
La Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (LOUS) estableció por primera vez una regulación general de la actividad urbanística en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. No obstante, dejó fuera de su ámbito la regulación del suelo rústico. Por ello, la presente ley incorpora tanto el régimen urbanístico como los aspectos de planeamiento y gestión relativos a esta clase de suelo. Asimismo, pretende una regulación integral de la actividad urbanística. Profundiza en múltiples conceptos en los tres grandes ejes del planeamiento, la gestión y la disciplina.
Partiendo de la distinción ya existente entre determinaciones de ordenación estructural y de ordenación detallada, distingue dos instrumentos de ordenación, uno (el plan general) para las determinaciones estructurales y otro (el plan de ordenación detallada) para el detalle y desarrollo de las primeras; que ofrecen ventajas en cuanto a simplificación documental y flexibilidad.
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