Andalucía declara varios monumentos naturales
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 456/2019, de 23 de abril, por el que se declaran determinados monumentos naturales de Andalucía y se dictan normas y directrices para su ordenación y gestión. (BOJA núm. 79, de 26 de abril de 2019)
Temas Clave: Monumentos naturales; Gestión; Usos
Resumen:
Se declaran los siguientes monumentos naturales:
a) De carácter geológico: 1.º Peñón de Bernal, términos municipales de Vícar, Dalías y El Ejido, provincia de Almería. 2.º Canales de Padules, término municipal de Padules, provincia de Almería.3.º Huellas Fósiles de Medusas de Constantina, término municipal de Constantina, provincia de Sevilla.
b) De carácter biótico: 1.º Encina de la Peana, término municipal de Serón, provincia de Almería. 2.º Encina del Marchal del Abogado, término municipal de Serón, provincia de Almería.
c) De carácter mixto: 1º Cueva del Hundidero, término municipal de Montejaque, provincia de Málaga. 2.º Monte Jabalcuza, término municipal de Alhaurín de la Torre, provincia de Málaga. 3.º Cueva del Agua de Tíscar, término municipal de Quesada, provincia de Jaén. 4.º Nacimiento de Riofrío, término municipal de Loja, provincia de Granada.
Baleares establece la Reserva Marina de la Illa de l’Aire
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 26/2019, de 12 de abril, por el que se establece la Reserva Marina de la Illa de l’Aire y se regulan en ella las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifica la Orden del consejero de Agricultura, Comercio e Industria de 15 de junio de 1999 por la que se establece la Reserva Marina del Nord de Menorca, comprendida entre la Punta des Morter, la Illa des Porros y el Cap Gros, y se regulan las actividades a desarrollar. (BOIB núm. 48, de 13 de abril)
Temas Clave: Reserva marina; Lugar de Interés Comunitario; Especies; Pesca; Buceo;
Resumen:
Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas.
La Illa de l’Aire es un pequeño islote, de unas 45 ha, situado al extremo sudoriental de la isla
Canarias crea una Oficina de Consulta Jurídica sobre Ordenación del Territorio y Urbanismo
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 26/2019, de 25 de marzo, por el que se crea la Oficina de Consulta Jurídica sobre Ordenación del Territorio y Urbanismo de Canarias, y se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento. (BOCAN núm. 68, de 8 de abril de 2019)
Temas Clave: Ordenación del territorio; Urbanismo; Consulta; Dictámenes; Recomendaciones; Formación
Resumen:
La Oficina es un órgano colegiado especializado de consulta y asesoramiento jurídico de las Administraciones públicas de Canarias en materias relativas a la ordenación del territorio y urbanismo, que se configura como instrumento de colaboración y apoyo al que pueden acudir, de forma voluntaria, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los Cabildos Insulares o los Ayuntamientos de Canarias. Estará adscrita a la Consejería competente en materia de ordenación del territorio.
En realidad, se configura como un instrumento auxiliar, de ayuda, de las administraciones públicas canarias alternativo a los procedimientos de cooperación y asistencia regulados en los artículos 18 y 19 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (A Coruña), de 8 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 1761/2019 – ECLI: ES:TSJGAL:2019:1761
Temas Clave: Emisiones industriales; Autorización ambiental integrada; Instalaciones de combustión; Plan Transitorio; Valores límite de emisión; Calidad del aire
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente frente a la Resolución de 23 de junio de 2016 del Secretario General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente e Ordenación do Territorio, sobre modificación de la autorización ambiental integrada (AAI) de la instalación industrial central térmica de carbón Meirama cuyo titular es “Gas Natural Fenosa Generación”, ubicada en el Concello de Cerceda (A Coruña).
La parte recurrente alega que los valores límite de emisión (VLE) establecidos en el Anexo V, punto 1.4.1.1 de la resolución recurrida respecto al óxido de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y las partículas, son contrarios a lo dispuesto en el artículo 46.2 del Reglamento de Emisiones Industriales,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (A Coruña), de 7 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 1359/2019 – ECLI: ES:TSJGAL:2019:1359
Temas Clave: Comunicación previa; Declaración de incidencia ambiental; RAMINP; Licencia
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso administrativo formulado por un particular frente a la resolución de la Consellería do Medio Rural de 1 de diciembre de 2016 por la que se tiene por desistido al actor de su solicitud de alta en el Registro de explotaciones avícolas para una explotación de recría de carne.
La Administración se ampara fundamentalmente en la ineficacia de la comunicación previa presentada por el recurrente al no haber adjuntado con la misma el informe de calificación ambiental. Frente a ello, el demandante alega que sí existe esa declaración de incidencia ambiental de la actividad que pretende llevar a cabo. A tal efecto, se remite a la resolución de 1 de junio de 2012 del Servizo de Calidade e Avaliación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras,
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