Aprobación definitiva del Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de La Gomera
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 10/2020, de 20 de febrero. BOCAN núm. 77, de 9 de marzo de 2020
Temas Clave: aguas; planificación; gestión; inundaciones
Resumen:
El esquema de actuación establecido en la Directiva de Inundaciones y en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, en materia de evaluación y gestión de los riesgos de inundación, comprende tres momentos o fases: 1. La evaluación preliminar del riesgo de inundación. 2. La elaboración de mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación. 3. La aprobación de los planes de gestión del riesgo de inundación.
Las dos primeras fases ya han sido evacuadas por el Consejo Insular de Aguas de La Gomera; encontrándonos en este momento en la tercera de ellas.
Los Planes Hidrológicos Especiales son aquellos que se circunscriben a extremos concretos contemplados en el Plan Hidrológico Insular, al cual, por tanto, complementan. Al efecto, el plan que se aprueba: a) se limita a abordar un extremo concreto: la gestión de riesgos de inundación
Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 38, de 13 de febrero de 2020
Temas Clave: Ganadería; Sector porcino; Bienestar animal; Gestión ambiental; Nitratos; Emisiones a la atmósfera; Contaminación atmosférica; Registro; Bioseguridad
Resumen:
El sector porcino es la primera producción ganadera en cuanto a importancia económica de nuestro país, así como uno de los principales productores en el ámbito europeo y mundial.
El legislador ha considerado necesario revisar en profundidad los dos pilares de la normativa de ordenación sectorial porcina: la sanidad animal y la gestión ambiental de las granjas.
Dentro de este marco, se incide en que el sector debe contemplar la bioseguridad como verdadera red de protección del conjunto del mercado. Por otra parte, combatir la resistencia antibiótica es una prioridad de la Unión Europea (UE), que ha
Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCM núm. 30, de 13 de febrero de 2020
Temas Clave: Evaluación ambiental; Planes; Programas; Proyectos; Principio de prevención; Simplificación; Protección ambiental; Evaluación ambiental estratégica; Evaluación de impacto ambiental; Coordinación de procedimientos; Accidentes graves o catástrofes; Régimen sancionador; Órgano sustantivo; Órgano ambiental
Resumen:
La evaluación ambiental permite incorporar los criterios de sostenibilidad en la toma de decisiones estratégicas a través de la evaluación de los planes y programas. En una escala más precisa, la evaluación de impacto ambiental garantiza una adecuada prevención de las repercusiones ambientales concretas que la realización de los proyectos puede implicar, estableciendo además medidas de evitación, de corrección o de compensación, así como los mecanismos para efectuar el seguimiento de su adecuada implantación.
El objeto de esta ley es establecer la regulación de la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando en todo el territorio de
Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 31, de 5 de febrero de 2020
Temas Clave: Contratación pública; Unidad de mercado; Libre competencia; Agua; Energía; Transportes; PYMES; Objetivos medioambientales
Resumen:
Nos centraremos únicamente en el tema de la contratación. Con este Real decreto-ley se completa la transposición del paquete de Directivas comunitarias que en materia de contratación pública aprobó la Unión Europea en 2014 en un nuevo contexto marcado por la denominada «Estrategia Europa 2020». Dentro de esta Estrategia, la contratación pública desempeña un papel clave, puesto que se configura como uno de los instrumentos basados en el mercado interior que deben ser utilizados para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso con
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), de 31 de octubre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Luis Ángel Gollonet Teruel)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 12274/2019 – ECLI: ES:TSJAND:2019:12274
Temas Clave: Aguas; Uso privativo; Riego; Concesión; Planificación hidrológica
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso administrativo interpuesto por un particular contra la Resolución de 28 de julio de 2016 dictada por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, que desestima el recurso de reposición presentado frente a la Resolución de 22 de noviembre de 2016, que se confirma.
A través de estas resoluciones administrativas se deniega la solicitud de concesión de aprovechamiento de aguas públicas consistente en el riego de 170 hectáreas de herbáceos con un volumen de 765.000 m3/año, que se captan de un sondeo localizado en el municipio de Cúllar (Granada).
La parte recurrente argumenta que no consta declaración de que se trate de una zona de especial protección, por lo que no puede aplicarse esa consideración. Que según el Instituto Geológico y Minero (IGME) y la web de la CHG, el estado
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