DECRETO 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE núm. 43 de 3 de marzo de 2011)
Autora: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Residuos de la construcción y la demolición; Contaminación; Extremadura
Resumen:
Con el objetivo de proteger el medio ambiente, reducir el impacto paisajístico y defender los recursos naturales, aprueba la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente el presente Decreto. Un Decreto, que tiene por finalidad regular la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la comunidad Autónoma de Extremadura.
El presente Decreto encuentra su legitimidad en el artículo 8 del Estatuto de Autonomía de Extremadura que le habilita para el desarrollo normativo en materia de gestión de residuos, ya que la legislación básica es competencia exclusiva del Estado, tal y como se establece en el artículo 149.1.23 de nuestra Carta Magna. Del mismo modo, este Decreto desarrolla las directrices contenidas en las disposiciones relativas a los residuos de construcción
El Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados es aprobado por el Consejo de Ministros
Fuente: Congreso de los Diputados
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 4 de marzo de 2011 el anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados por el que se transpone la Directiva 2008/98/CE, actualizando la legislación tras más de 10 años de aplicación de la primera Ley de Residuos
La nueva política de residuos apuesta por la prevención, maximizando el aprovechamiento de los recursos, y la disminución de los impactos adversos de su producción y gestión sobre la salud humana y el medio ambiente. Asimismo, establece que las Administraciones públicas aprobarán programas y planes de prevención de residuos, así como de gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Se celebra el VI Congreso Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
Fuente: VI Coneia 2011
La ciudad de Albacete, en las instalaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha será la encargada de albergar durante los días 6,7, y 8 de abril de 2011 el Congreso Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Responsabilidad. Vigilancia. Eficacia (VI CONEIA).
El VI CONEIA está organizado por la Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental (AEEIA), afiliada para España de la International Association for Impact Assessment (IAIA), en colaboración del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, la Universidad de Castilla La Mancha, y la empresa Ideas Medioambientales S.L. (IDEMA).
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala cuarta) de 22 de diciembre de 2010, petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal administratif de Paris – Francia) – Ville de Lyon / Caisse des dépôts et consignations. Asunto C-524/09
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Temas clave: Acceso del público a la información medioambiental; Acceso a la información sobre el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; Carácter confidencial de los datos que obran en los registros en lo que se refiere a los nombres de los titulares de cuentas de origen y de destino de las transferencias de derechos de emisión, a los derechos de emisión o unidades de Kioto objeto de dichas transacciones y a la fecha y hora de dichas transacciones
Resumen:
Breve referencia al supuesto de hecho:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de las modalidades de acceso a la información relativa a las transacciones en materia de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que obran en poder del administrador del registro
Reglamento UE Nº 211/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana (Diario Oficial de la Unión Europea L65/1, de 11 de marzo de 2011)
Autora: Ana María Barrena Medina, Personal Investigador en Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Participación
Resumen:
A fin de convertir en más auténtico el derecho de todo ciudadano europeo a participar en la vida democrática de la Unión se procede con este Reglamento a la regulación de la iniciativa ciudadana europea, una iniciativa que permitirá a los ciudadanos de la Unión dirigirse directamente a la Comisión a fin de presentarle una propuesta de acto legislativo de la Unión; esto es, una invitación a la Comisión a que ésta presente, en el ámbito de sus atribuciones, una propuesta adecuada sobre las cuestiones sobre las que los ciudadanos europeos consideren que se requiere un acto legislativo en la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados.
Iniciativa ciudadana para la que se establece un mínimo de Estados miembros a los que han de pertenecer los ciudadanos, al menos de
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