Decreto 26/2011, de 18 de marzo, del Consell, sobre el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de la licencia de uso de la marca Parcs Naturals de la Comunitat Valenciana (Diario Oficial de la Comunidad Valenciana núm. 6486, de 23 marzo de 2011)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-Ciemat
Palabras Clave: Espacios Naturales Protegidos; Marca Parques Naturales de la Comunidad Valenciana
Resumen:
El Proyecto marca Parcs Naturals de la Comunitat Valenciana se dirige al empleo de la denominación de los parques naturales como sello de calidad que ofrezca diferenciación a la producción y comercialización de los productos originarios de dichos espacios, facilitando el desarrollo de un modelo económico sostenible para los habitantes de las poblaciones que se encuentran dentro del área de influencia socioeconómica de dichos espacios naturales, reforzando el compromiso de respeto hacia el medio ambiente, y dotándoles de herramientas que les permitan mantener el modelo de vida desarrollado en dichos núcleos poblacionales. Una iniciativa que se lleva a cabo a fin de que las empresas implantadas en las áreas de influencia socioeconómica ofrezcan a sus visitantes unos productos diferenciados, asociados a los valores
Decreto 52/2011, de 8 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba (BOJA núm. 56, de 21 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Instrumentos de planificación; Planificación Ambiental; Humedales
Resumen:
El presente Decreto aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba, con la finalidad de regular los usos y actividades en estos espacios y concretar los criterios de ordenación y gestión del mismo.
Así mismo, a los efectos de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, este Plan es considerado un Plan de Gestión, por lo que también se fijan las medidas de conservación necesarias respecto de las Zonas de Especial Protección para las Aves y de las Zonas Especiales de Conservación.
Decreto 45/2011, de 10 de marzo, por el que se regula el fomento de las agrupaciones de propietarios forestales, los requisitos y calificación de las sociedades de fomento forestal y la creación de su registro (Diario Oficial de Galicia, núm. 58, 23 de marzo de 2011)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-Ciemat
Temas Clave: Montes; Fomento Forestal; Gestión Forestal; Comunidad Autónoma de Galicia
Resumen:
Con los propósitos de lograr fomentar que los propietarios forestales se incorporen voluntariamente a sistemas de gestión conjunta de los aprovechamientos forestales; otorgar un protagonismo mayor a los silvicultores; posibilitar una gestión sostenible de las superficies forestales de titularidad privada, alcanzando superficies suficientes de gestión conjunta y la aplicación de instrumentos de gestión forestal; así como reducir el nivel de abandono de los montes y disminuir el riesgo de incendio forestal. A fin de dar respuesta a dichos objetivos el Decreto 45/2011, de 10 de marzo, se encarga de regular el fomento de las agrupaciones de propietarios o propietarias forestales mediante la constitución de sociedades mercantiles de responsabilidad limitada que reúnan los requisitos que en el mismo Decreto se establecen y que
Ley 5/2011, de 7 de marzo, de creación de órganos consultivos de la Administración de la Comunidad de Extremadura en el ámbito agrario y agroalimentario (DOE núm. 47, de 9 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Agricultura; Órganos consultivos; Representatividad Agraria
Resumen:
Siguiendo lo establecido en la Disposición Transitoria Única de la Ley Extremeña 2/2006, de 7 de julio (homóloga de las leyes estatales 18/2005, de 30 de septiembre por la que se establecen las bases del régimen jurídico de la Cámaras Agrarias, y 10/2009, de 20 de octubre, por la que se establece la determinación de las bases de representación de las Organizaciones Profesionales Agrarias), el objeto de la presente Ley es la creación de dos órganos consultivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito agrario y alimentario: el Consejo Agrario y Rural de Extremadura, y el Comité Asesor Agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como órganos de participación, asesoramiento, diálogo y consulta de la administración de la Comunidad extremeña en materia agraria, rural y agroalimentaria.
La ley se estructura en un Título Preliminar y
Ley 8/2011, de 10 de marzo, de medidas para compatibilizar los proyectos de nieve con el desarrollo sostenible de los territorios de montaña. (BOA núm. de 21 de marzo de 2011)
Autora: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Urbanismo; Sostenibilidad Ambiental; Proyectos de nieve
Resumen:
La presente ley tiene por objeto la modificación de tres leyes: la Ley 6/2003, de 27 de febrero, de Turismo de Aragón, la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón y la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón, a fin de garantizar el siempre difícil equilibrio entre el desarrollo sostenible, en este caso, de los territorios de montaña y los proyectos de nieve en los centros de esquí y montaña. Siendo de aplicación a los planes o proyectos de centros de esquí y montaña cuando, a su entrada en vigor, no hubiese recaído declaración de interés supramunicipal ni declaración de interés general. (Disp. transitoria única).
Bien es cierto, que el desarrollo de proyectos de nieve, regulados hasta ahora en la normativa turística, ha contribuido notablemente a la promoción
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