Sentencia de la Audiencia Nacional de 22 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Ponente: D. Santos Honorio de Castro García)
Autora: María Pascual Núñez, Estudiante en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: SAN 2495/2016 – ECLI:ES:AN:2016:2495
Temas Clave: Autorización de explotación; Central nuclear; Trillo I; Sanciones; Principio de tipicidad; Non bis in ídem
Resumen:
En el supuesto que nos ocupa, la Sala examina el recurso contencioso-administrativo que deviene de la impugnación formulada por la mercantil GAS NATURAL SDG, S.A., de la Orden ministerial de 25 de septiembre de 2014 dictada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que resolvió el expediente sancionador incoado a IBERDROLA GENERACIÓN S.A, GAS NATURAL SDG S.A, HIDROELÉCTRICA DEL CANTÁBRICO y NUCLENOR S.A, titulares de la Central Nuclear de TRILLO I.
Se debe puntualizar que ya anteriormente, en fecha 25 de junio de 2012, se inició un expediente sancionador a las cotitulares de la misma Central Nuclear, que concluyó con la imposición de la sanción contemplada en la Disposición Transitoria Única (DTU) de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear (LEN), por incumplimiento de la obligación de adaptación a las condiciones establecidas en
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 7 de marzo de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Mariano Miguel Ferrando Marzal)
Autor: Lucía Arribas Gómez, Estudiante en prácticas en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 1487/2016 – ECLI: ES: TSJCV: 2016:1487
Temas Clave: Clasificación de suelos; Planeamiento urbanístico; Suelo no urbanizable
Resumen:
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana resuelve el recurso interpuesto por la entidad Inversiones —- contra la Resolución de la Consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, a través de la cual le había sido denegada la solicitud de Declaración de Interés Comunitario a fin de realizar una actividad turística de baja intensidad destinada a un complejo de turismo rural, en suelo no urbanizable en el término municipal de Albaida.
Los fundamentos denegatorios de la Declaración de Interés Comunitario solicitada se basaban en que ya existía sobre la parcela otro alojamiento Rural, siendo que, además, con el proyecto presentado no se cumplía con la legislación sectorial turística vigente en la Comunidad Autónoma. A todo ello se añadía que concurría una incompatibilidad con el planeamiento de
Decreto 25/2016, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Ordenación de los Recursos Agropecuarios y otras materias de interés Colectivo Agrario en el Ámbito Local
Autora: María Pascual Núñez, Estudiante en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 142, de 25 de julio de 2016
Temas clave: Agricultura; Ordenación de los Recursos Agropecuarios; Ordenanzas de pastos; Terrenos sometidos a ordenación común; Adjudicación de aprovechamientos
Resumen:
A través de este Decreto se aprueba el Reglamento General de Ordenación de los Recursos Agropecuarios y otras materias de interés Colectivo Agrario en el Ámbito Local, que desarrolla distintos aspectos contemplados en la Ley 1/2014, de 19 de marzo, agraria de Castilla y León, por la que se establece el régimen de ordenación de los recursos agropecuarios y otras materias de interés colectivo en el ámbito local.
En esta regulación destaca el aprovechamiento de los recursos pastables y su contribución a la explotación rentable de especies y razas ganaderas mantenidas en régimen extensivo, siendo este subsector productivo un destacado inductor de actividad económica en los sectores de la transformación y la comercialización de productos alimentarios vinculados al medio rural. La experiencia en
Se aprueba el III Plan Andaluz de la Producción Ecológica, Horizonte 2020
Autora: Lucía Arribas Gómez. Estudiante en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Acuerdo de 26 de julio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el III Plan Andaluz de la Producción Ecológica, Horizonte 2020. (BOJA núm. 149, de 25 de julio de 2016)
Temas Clave: Agricultura; Política agrícola común; Producción ecológica; Alimentación
Resumen:
Mediante el anterior Acuerdo, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprueba el “III Plan Andaluz de la Producción Ecológica, Horizonte 2020”. Este Plan ha sido elaborado acorde con las expectativas actuales y futuras de desarrollo económico, social y ambiental en el marco de la nueva PAC, así como con el nuevo Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, que tiene como prioridad la producción ecológica, cuyo objetivo consiste en consolidar el liderazgo nacional y europeo de la comunidad autónoma en el sector.
Los principales objetivos del Plan que se pretenden conseguir son: consolidar el crecimiento de la producción ecológica andaluza, manteniéndola como referente en el ámbito europeo, además de mejorar la competitividad de las explotaciones e industrias y promocionar el consumo de alimentos
Las actividades de gestión de residuos de Seseña exentas del trámite de evaluación ambiental
Autora: María Pascual Núñez, Estudiante en prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Castilla – La Mancha núm. 134, de 11 de julio de 2016; http://www.europapress.es/castilla-lamancha/noticia-lm-excluye-tramite-evaluacion-ambiental-actividades-gestion-residuos-deposito-ruedas-sesena-20160711091501.html ; http://www.eldiario.es/politica/Madrid-residuos-vertedero-neumaticos-Sesena_0_531947504.html ; http://ccaa.elpais.com/ccaa/2016/07/24/madrid/1469378438_893690.html.
Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental; Exclusión; Seseña
Resumen:
Mediante el Acuerdo de 05/07/2016, del Consejo de Gobierno, se declaran excluidas del trámite de evaluación ambiental las actividades de gestión de residuos a realizar en el depósito de neumáticos de Seseña (Toledo), tras el incendio acontecido el 13 de mayo de 2016.
El potencial riesgo de incendio de los neumáticos no quemados y la producción de contaminación que ha tenido lugar han hecho necesario apresurar la recogida, retirada y tratamiento de manera controlada, tanto de los neumáticos quemados como de los no quemados. Por ello, se ha declarado la emergencia de las actuaciones de apoyo a la contención y extinción de incendios, las relativas a la contención de aguas contaminadas con cenizas procedentes del incendio, la recuperación del suelo afectado y la retirada de neumáticos quemados.
Tanto la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental como la Ley 41/2007 de Evaluación
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