Este Reglamento tambi\u00e9n establece criterios de referencia indicativos para productos destinados a ser utilizados en iluminaci\u00f3n de oficinas y alumbrado de v\u00edas p\u00fablicas.<\/p>\n
Los requisitos establecidos en el presente Reglamento no se aplicar\u00e1n a los productos que figuran en el anexo I.<\/p>\n
Requisitos de dise\u00f1o ecol\u00f3gico<\/span><\/p>\n
Los requisitos de dise\u00f1o ecol\u00f3gico relativos a l\u00e1mparas fluorescentes sin balastos integrados, l\u00e1mparas de descarga de alta intensidad, y balastos y luminarias que puedan funcionar con dichas l\u00e1mparas se recogen en el anexo III.<\/p>\n
Revisi\u00f3n<\/span><\/p>\n
La Comisi\u00f3n revisar\u00e1 este Reglamento a la luz del progreso t\u00e9cnico registrado, en el plazo m\u00e1ximo de cinco a\u00f1os despu\u00e9s de su entrada en vigor.<\/p>\n
Entrada en vigor<\/span><\/p>\n
Este Reglamento entrar\u00e1 en vigor el vig\u00e9simo d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n
Los requisitos que figuran en el anexo III se aplicar\u00e1n de conformidad con el calendario previsto en dicho anexo.<\/p>\n
El presente Reglamento ser\u00e1 obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Uni\u00f3n Europea","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-union-europea-17","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2011-06-03 12:31:46","post_modified_gmt":"2011-06-03 11:31:46","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/actualidadjuridicaambiental.wordpress.com\/?p=1179","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->
Reglamento (CE) nº 245/2009 de la Comisión de 18 de marzo de 2009 por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas fluorescentes sin balastos integrados, para lámparas de descarga de alta intensidad y para balastos y luminarias que puedan funcionar con dichas lámparas, y se deroga la Directiva 2000/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DOUE nº L76, de 24 de Marzo de 2.009)
Objeto y ámbito de aplicación
Este Reglamento establece requisitos de diseño ecológico para la comercialización de lámparas fluorescentes sin balastos integrados, lámparas de descarga de alta intensidad y balastos y luminarias que puedan funcionar con dichas lámparas, incluso cuando estén integrados en otros productos que utilizan energía.
Reglamento (CE) nº 244/2009 de la Comisión de 18 de marzo de 2009 por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas de uso doméstico no direccionales (DOUE nº L76, de 24 de Marzo de 2.009)
Objeto y ámbito de aplicación
Este Reglamento establece requisitos de diseño ecológico para la comercialización de lámparas de uso doméstico no direccionales, también cuando se comercializan para usos no domésticos o cuando se integran en otros productos. Asimismo, establece los requisitos de información sobre el producto aplicables a las lámparas para usos especiales.
Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2008, sobre el Fondo mundial para la eficiencia energética y las energías renovables (2007/2188(INI)) (DOUE nº C66, de 20 de Marzo de 2.009)
Esta Resolución viene a establecer las siguientes consideraciones sobre el Fondo Mundial para la eficiencia energética y las energías renovables:
1. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión sobre un Fondo mundial para la eficiencia energética y las energías renovables (Geeref);
Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de marzo de 2008, sobre la agricultura sostenible y el biogás: necesidad de revisión de la legislación de la UE (2007/2107(INI)) (DOUE nº C66, de 20 de Marzo de 2.009)
La Resolución del Parlamento Europeo viene a establecer las siguientes consideraciones en relación a la agricultura sostenible y al biogás:
Biogás como recurso vital
1.Reconoce que el biogás es un recurso energético vital que contribuye a un desarrollo económico, agrícola y rural sostenible y a la protección del medio ambiente;
Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de marzo de 2008, sobre la política europea de transporte sostenible teniendo en cuenta las políticas europeas de la energía y del medio ambiente (2007/2147(INI)) (DOUE nº C66, de 20 de Marzo de 2.009)
Viene a establecer una serie de consideraciones, algunas de las cuales exponemos a continuación, en relación con el transporte sostenible:
1. Opina que la movilidad ha sido una de las principales realizaciones y desafíos del siglo XX y que un transporte sostenible debería lograr un equilibrio justo entre intereses diferentes y a menudo opuestos, intentando conciliar al mismo tiempo el derecho fundamental de los ciudadanos a la movilidad, la importancia del sector de los transportes para la economía y el empleo, la responsabilidad respecto del medio ambiente local y mundial y el derecho de los ciudadanos a la seguridad, la calidad de vida y la salud;
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