Extremadura modifica su Ley de caza
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Ley 9/2019, de 5 de abril, por la que se modifican la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Temas Clave: Caza; cetrería; licencias; tasas administrativas
Resumen:
Sin lugar a dudas, el sector cinegético juega un papel determinante en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Con esta modificación el legislador pretende establecer como principio básico tanto su importancia como actividad social como económica, impulsando y consolidando, al mismo tiempo, como objetivos fundamentales la planificación cinegética, la simplificación administrativa, la profesionalización del sector y el fomento de las especies y de su calidad.
Con esta modificación se pretende igualmente adaptar la Ley de Caza a la nueva regulación del Procedimiento Administrativo operada mediante la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como a la última modificación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Se incluyen otras modificaciones motivadas por la necesidad de adaptar la ley a la
El Valle del Jerte aprueba su Plan Territorial
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 32/2019, de 9 de abril, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial del Valle del Jerte (15 de abril de 2019)
Temas Clave: Plan territorial; turismo sostenible; servicio de ordenación del territorio
Resumen:
Este documento constituye los elementos básicos que estructuran el ámbito geográfico superior al municipal, integrado por los términos municipales de Barrado, Cabezuela del Valle, Cabrero, Casas del Castañar, Jerte, Navaconcejo, Piornal, Rebollar, Tornavacas, El Torno y Valdastillas, y no clasifica suelo ni sustituye al planeamiento urbanístico en su función propia.
Se ha contado para su desarrollo con la colaboración y participación de las administraciones Públicas, en particular de las locales, y demás entidades públicas afectadas por razón del territorio o de la competencia. Elaborada la Memoria Ambiental con fecha 16 de marzo de 2016 y efectuada la posterior declaración del Servicio de Ordenación del Territorio que resume de qué manera se han integrado en el plan territorial los aspectos ambientales de la Memoria Ambiental.
En relación a las competencias asumidas del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de
Humanos desde una mirada primate… “Evolución de la mente humana vista desde el estudio de la mente de un chimpancé”
Autor: Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental. Cieda-Ciemat
Palabras Clave: Primates; Primatología; Etología; Antropología; Biodiversidad; Ecología
Resumen:
Se considera a la primatología como el estudio científico de los primates. Se trata de una disciplina multidisciplinar y trasversal en la que sus investigadores se encuentran en distintas ramas del conocimiento, desde la biología de la conservación, la antropología, la psicología, la ecología o el derecho ambiental, entre otras.
Actualmente, la primatología es una ciencia extraordinariamente diversa y abarca desde la anatomía de los ancestros de los primates hasta los estudios en campo sobre el comportamiento, la ecología y conservación de las especies actuales. Incorpora igualmente investigaciones relacionadas con la fisiología de los primates y el lenguaje de los simios, lo que permite vislumbrar el comportamiento de los ancestros de la humanidad.
Uno de los principales expertos mundiales en primates, el Dr. Tetsuro Matsuzawa, Director del Primate Research Institute de la Universidad de Kioto (Japón), impartirá su primera conferencia en España el próximo día 4 de junio de 2019 a las 13:00 h. en la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de 4 de Febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1, Ponente: Lucía Débora Padilla Ramos)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 595/2019 – ECLI: ES: TSJCV:2019:595
Temas Clave: Urbanismo; Residuos; Residuos Peligrosos; Planeamiento; Evaluación Ambiental; Plan General Ordenación Urbana; Plan Rector Uso y Gestión
Resumen:
Se interpone recurso contencioso administrativo por la Conselleria de Presidencia de la Generalitat Valenciana contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cox, de fecha 28 de abril de 2015, por el cual se aprueba definitivamente el Texto refundido de la modificación puntual 1/2013 del Plan General de Cox (dicha modificación impide la instalación de cualquier tipo de almacenamiento de residuos y también el tratamiento y eliminación tanto de residuos peligrosos como no peligrosos), estimándose por la Sala dicho recurso, declarándose nula dicha modificación por ser contraria a derecho.
Los argumentos expuestos por la parte recurrente que finalmente fueron admitidos por la Sala son los siguientes:
Se vulneran los siguientes artículos:
Artículo 4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 28 de enero de 2019 (Sala de lo Contencioso- Administrativo, Sección Primera, Ponente: Lucía Débora Padilla Ramos)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 588/2019 – ECLI: ES: TSJCV:2019:588
Temas Clave: Urbanismo; Planeamiento; Evaluación Ambiental; Plan General Ordenación Urbana; Plan Rector Uso y Gestión
Resumen:
Se interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución de fecha 3 de Octubre de 2014 de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia, que denegó la homologación parcial del PGOU de Sueca y la Resolución de 16 de Octubre de 2015 que desestimó el recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento de Sueca contra la Resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental que declaró concluso el procedimiento relativo al expediente de evaluación ambiental de la homologación parcial del Plan General. La parte demanda es la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia.
Los argumentos expuestos por la parte recurrente que finalmente no fueron admitidos por la Sala son los siguientes:
a) En primer lugar, la resolución impugnada deniega la aprobación de la homologación atendiendo a la Resolución del Director General de
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